Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

Constatacion y Verificacion, corriente a fojas 6, en la cual se dejo MORDAZA de la falta de varios expedientes judiciales asi como de demandas y denuncias pendientes de calificar, y al preguntarse al magistrado quejado por la ubicacion de los mismos dijo que tres expedientes, tres demandas y cinco denuncias se encontraban en su domicilio, razon por la cual en dicha diligencia se dispuso realizar una visita al domicilio del doctor MORDAZA Yanez; Octavo.- Que, a fojas 20 obra el Acta de Constatacion ­ Verificacion de 25 de MORDAZA de 2006, elaborada en la vivienda del doctor MORDAZA Yanez, situada en Manco Capac s/ n Acobamba, diligencia en la que participaron el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, doctor Nahuinlla MORDAZA, el Fiscal Provincial de Acobamba, doctor Johan F. F. MORDAZA Duenas, el Administrador de la Corte, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el magistrado MORDAZA Yanez; en dicha Acta se consigno que despues de revisar los cuadernos de entrega de expedientes de las dos Secretarias del Juzgado Mixto de Acobamba se verifico que no se encontraban diversos expedientes, faltando en el despacho del juez los expedientes entregados por la secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA numeros 2003-155 en los seguidos por MORDAZA Casihue MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro, sobre indemnizacion; 2006-059 en los seguidos contra MORDAZA Pampas MORDAZA por el delito de lesiones leves en agravio de Claudiana MORDAZA Quispe; 2006-043 en los seguidos contra MORDAZA MORDAZA Bejar por el delito de lesiones graves en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernandez; 2006-001, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre indemnizacion por danos y perjuicios; 2006-057 en los seguidos contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por delito de infanticidio en agravio de MORDAZA MORDAZA Escobar; 2006-55 en los seguidos contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por cese de violencia familiar en agravio de MORDAZA MORDAZA Lizana; 2005-061 en los seguidos contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por delito contra la fe publica en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otro; 2003-155 en los seguidos por MORDAZA MORDAZA Casihue MORDAZA y otros con MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros sobre nulidad de acto juridico; ademas, se comprobo que no estaban en el despacho del doctor MORDAZA Yanez los expedientes entregados por la secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA numeros 182-2004, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre prueba anticipada; 2005-38 en los seguidos contra MORDAZA Ugaz sobre omision y rehusamiento en agravio de MORDAZA MORDAZA Quispe; 2005-132 en los seguidos por MORDAZA MORDAZA Sordomez Cuto con MORDAZA Pillpa MORDAZA sobre desalojo asi como el escrito 926; 2005-22 en los seguidos por MORDAZA MORDAZA sobre interdicto de retener; 2004-208 en los seguidos contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA por lesiones culposas en agravio de MORDAZA Huayllani Espezua; 2003131 en los seguidos contra MORDAZA Aricochea Munoz por delito contra la MORDAZA sexual en agravio de N.C.O.; y, 2005-132 en los seguidos por MORDAZA Pillpa MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA sobre desalojo por ocupante precario; Noveno.- Que, seguidamente se consigno en el Acta en mencion que el doctor MORDAZA Yanez habitaba el domicilio conjuntamente con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que al comprobarse que los expedientes MORDAZA citados no se encontraban en el domicilio del magistrado se le pregunto donde estaban, contestando este que debian estar en el despacho del Juzgado de Paz Letrado de Acobamba, el cual tambien estaba a su cargo; y, al preguntarsele la razon por la que habia dicho que los expedientes se encontraban en su domicilio se limito a contestar que los expedientes estaban en el Juzgado MORDAZA referido; ademas, senalo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA era su proyectista de resoluciones y que cumplia dicha labor en el domicilio visitado y que por ese motivo el llevaba los expedientes a su domicilio; ademas, se anoto que el magistrado quejado reconocio saber que estaba prohibido sacar expedientes del Juzgado, asi como que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ya no se encontraba en el lugar por lo que no se podia obtener su declaracion; finalmente, se dejo MORDAZA de la decision de concurrir al despacho del Juzgado de Paz Letrado de Acobamba para verificar si los expedientes MORDAZA senalados se encontraban alli; Decimo.- Que, a fojas 23 obra el Acta de Continuacion de Visita de Constatacion y Verificacion efectuada en el local del Juzgado de Paz Letrado de Acobamba, en la cual se dejo MORDAZA que no se encontro ninguno de los expedientes ni escritos faltantes en el Juzgado Mixto de Acobamba;

Decimo Primero.- Que, en la misma fecha, 25 de MORDAZA de 2006, y despues de haber concluido la elaboracion de las Actas MORDAZA citadas se procedio a tomar las declaraciones de las secretarias que laboraban en el Juzgado a cargo del magistrado procesado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como del agente de resguardo y seguridad del mismo, MORDAZA MORDAZA Magallanes, las mismas que obran de fojas 26 a 31, quienes coincidieron en afirmar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA entraba y salia frecuentemente del local del Juzgado llevando y trayendo expedientes en un maletin negro; asimismo, manifestaron que en las ocasiones en que ingresaban al despacho del doctor MORDAZA Yanez nunca lo encontraban estudiando algun expediente, sino leyendo diversos libros y periodicos, agregando que era de publico conocimiento que el magistrado no elaboraba las resoluciones sino que lo hacia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien era Bachiller en Derecho y no laboraba para el Poder Judicial, lo que originaba reclamos por parte de los abogados y litigantes; ademas MORDAZA secretarias senalaron que por lo general quien les devolvia los expedientes que ellas habian entregado al juez era MORDAZA MORDAZA, quien lo hacia mediante un cuaderno de cargo, y que los datos de los expedientes consignados en dicho cuaderno eran anotados personalmente por dicha persona; Decimo Segundo.- Que, a fojas 24 y 25 obra la declaracion del doctor MORDAZA Yanez de 25 de MORDAZA de 2006, en la que refirio que llevaba a su MORDAZA expedientes, demandas y denuncias y que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encargaba de proyectar las resoluciones; ademas, al preguntarsele si le parecia correcto que la persona MORDAZA referida tuviera en su poder y ocultara los documentos judiciales sacados de su despacho se limito a responder que a las ocho de la manana del dia siguiente estaria devolviendo los expedientes, denuncias y demandas al juzgado Mixto de Acobamba; Decimo Tercero.- Que, si bien el doctor MORDAZA Yanez ha esgrimido como argumento de defensa que contrato a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debido a sus recargadas labores y que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, doctor MORDAZA Nahuinlla MORDAZA, tenia conocimiento de ello, no es menos MORDAZA que por oficio de 15 de noviembre de 2005, cuya MORDAZA corre a fojas 326, el doctor Nahuinlla MORDAZA hizo de conocimiento del procesado que su Despacho no tenia la potestad de autorizar la contratacion de personal de apoyo ajeno al Poder Judicial y adjunto a dicho documento MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 003-95-TP-PJ de 29 de diciembre de 1995, obrante a fojas 327, en cuyo primer articulo se dispone prohibir el apoyo por parte de "Meritorios y Practicantes" en las distintas dependencias del Poder Judicial que no perciban beneficio economico del Estado; cabe senalar que el oficio en referencia se emitio en respuesta a la solicitud de autorizacion de contratacion de personal formulada por el doctor MORDAZA Yanez con fecha 9 de noviembre de 2005; Decimo Cuarto.- Que, ademas, la alegacion del procesado referida a que no se encontro ningun expediente en su domicilio no es atendible, toda vez que el mismo doctor MORDAZA Yanez manifesto durante la Visita de Constatacion y Verificacion de 25 de MORDAZA de 2006 que los expedientes faltantes en el Juzgado Mixto de Acobamba se encontraban en su domicilio, y senalo que era el quien los llevaba alli para que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA proyectara las resoluciones; a ello debe agregarse que no obstante no haberse encontrado los expedientes faltantes en su MORDAZA ello no enerva el hecho constatado y admitido por el procesado respecto a que el mismo extraia los expedientes, demandas y denuncias de la sede del Juzgado y habia delegado en una persona ajena al Poder Judicial la preparacion de proyectos de resoluciones judiciales de los procesos a su cargo; Decimo Quinto.- Que, el Acta levantada por el fiscal Johan F. F. MORDAZA Duenas en el local del Juzgado Mixto el 26 de MORDAZA de 2006, que aparece en MORDAZA a fojas 331 y 332, en la que se dejo MORDAZA de la existencia fisica de los expedientes detectados como faltantes en la diligencia realizada el dia anterior en el Juzgado Mixto de Acobamba, no desvirtua el hecho comprobado del retiro indebido de la sede judicial de expedientes, demandas y denuncias por parte del procesado; Decimo Sexto.- Que, los argumentos de defensa esgrimidos por el magistrado procesado no desvirtuan el cargo imputado en su contra, toda vez que se

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