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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2009 (01/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de enero de 2009 387497 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de renovación de licencias Oracle RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI N° 114-2008-INDECOPI/COD Lima, 22 de diciembre de 2008 VISTOS; Los Informes Técnicos Nº 015 y 029-2008/GAF-SIS y el Informe Legal Nº 042-2008/GEL-INDECOPI, de la Gerencia Legal; y, CONSIDERANDO: Que el inciso e) del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que las contrataciones que se realicen cuando los servicios no admitan sustitutos y exista proveedor único se encuentran exoneradas de los procesos de selección previstos en dicha Ley; Que, mediante los Informes Técnicos Nº 015- 2008/GAF-Sis y Nº 029-2008/GAF-Sis, así como los Memorándum Nº 1237-2008/GAF-Log y Nº 1277-2008/ GAF-Log, el Área de Informática y Sistemas y el Área de Logística y Control Patrimonial manifestaron la necesidad de renovar las licencias Oracle y contar con el soporte de dichos productos por el periodo de un año, a fi n de garantizar la continuidad operativa de los sistemas informáticos del INDECOPI, señalando que dichos servicios no admiten sustitutos técnicamente viables toda vez que existe sólo un proveedor de los mismos a nivel nacional, que es la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., subsidiaria de ORACLE CORPORATION y única autorizada por ésta para brindar dichos servicios; Que, la Gerencia Legal en su Informe Nº 042-2008/ GEL, concluye señalando que la renovación de las licencias Oracle, se encuentra comprendida dentro de la causal prevista en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, pues se trata de un servicio que no admite sustitutos y existe proveedor único, por lo que resulta procedente la exoneración del proceso de selección, lo que permitirá el uso más efi ciente de los recursos al evitar la realización del referido proceso de selección; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2008, aprobado mediante Resolución Nº 002-2008/ INDECOPI-GEG, incorporó el proceso de selección para la renovación de licencias Oracle, por el monto total de S/. 78 540.00 (Setenta y ocho mil quinientos cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), contando con la disponibilidad presupuestal, conforme a lo informado por el Área de Contabilidad y Presupuesto, mediante Memorándum Nº 0015-2008/GAF-Con; Que, el Área de Logística y Control Patrimonial ha efectuado una indagación de mercado, advirtiendo que dicho servicio es ofrecido por la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., único proveedor en el mercado nacional, por un precio ascendente a S/. 61 061.70 (Sesenta y un mil sesenta y uno con 70/100 Nuevos Soles), precio menor al monto previsto para la adquisición de dicho servicio en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2008; Que, la contratación del servicio de renovación de licencias Oracle se encuentra enmarcado dentro de los alcances del Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Artículo 144° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 063-2006-EF; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19° y 20° inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y los Artículos 144° a 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y estando a lo expuesto en los Informes Técnicos Nº 015-2008/GAF-Sis y Nº 029- 2008/GAF-Sis y en el Informe Técnico Legal N° 042- 2008/GEL; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de renovación de licencias Oracle para los fi nes referidos en la parte considerativa de la presente Resolución y, consecuentemente, autorizar al Área de Logística y Control Patrimonial de la institución a contratar dichos servicios con la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., por el período de un año, conforme a la modalidad prevista en el Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, hasta por un valor referencial de S/. 61 061, 70 (Sesenta y un mil sesenta y uno con 70/100 Nuevos Soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento de recursos directamente recaudados y con sujeción a los montos debidamente presupuestados para la contratación de dicho tipo de servicios. Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, publicando además la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión; así como en la página web de la Entidad y en el SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 296306-1 Designan funcionarios responsables de atender pedidos de información y como fedatarios institucionales RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 117-2008-INDECOPI/COD Lima, 29 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que resulta pertinente modifi car la actual relación de los funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulan al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la relación de los fedatarios de la institución, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo; y, De conformidad con el inciso h) del artículo 7.3 del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar como funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulen conforme a la Ley Nº 27806, Ley Nº 27297 y D.S. Nº 072-2003-PCM, y como fedatarios institucionales, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI, a las siguientes personas: Ofi cina Regional de Ancash: Sr. José Vela Vergara Ofi cina Regional de Arequipa: Srta. María Lucia Cornejo Gutierrez-Ballón Ofi cina Regional de Cajamarca: Srta. Milagros Castillo Trigoso Ofi cina Regional de Cusco: Sr. Marco Marroquín Muñiz Ofi cina Regional de Ica: Sr. Elliot Mejía Trujillo Ofi cina Regional de Junín: Srta. Andrómeda Barrientos Roque Ofi cina Regional de La Libertad: Sr. Sergio Obregón Matos Ofi cina Regional de Lambayeque: Srta. Magaly Guzmán Terrones Ofi cina Regional de Loreto: Sr. Jose Reátegui Ríos Ofi cina Regional de Piura: Sr. Daniel Navarro Reto Ofi cina Regional de Puno: Sr. Juan Pilco Herrera Ofi cina Regional de San Martín: Srta. Gena Chávez Rodríguez Descargado desde www.elperuano.com.pe