Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2009 (02/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 2 de enero de 2009

1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, para la extraccion de los recursos de jurel, caballa, cachema y MORDAZA para el consumo humano directo; Que, mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 027-2001-CTAR.LAM/DRPE del 22 de MORDAZA de 2001, se amplio el permiso de pesca otorgado por Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 028-99-CTAR.LAM/ DRPE, a favor del armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar su embarcacion pesquera de bandera nacional JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, para la extraccion de los recursos de anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y directo; Que, de conformidad con el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 655-2008-PRODUCE/DGEPP del 28 de octubre de 2008, se declaro la caducidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 028-99-CTAR.LAM/DRPE, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2008PRODUCE modificado por Decreto Supremo Nº 014-2008PRODUCE; Que, el articulo 201, numeral 201.1, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, en el presente caso, mediante la Resolucion Directoral Nº 655-2008-PRODUCE/DGEPP se declaro la caducidad del permiso de pesca otorgado con Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 028-99-CTAR.LAM/ DRPE a favor del armador pesquero MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional JOSELITO 2 de matricula PL-18664CM, para la extraccion de los recursos de jurel, caballa, cachema y MORDAZA para el consumo humano directo, sin hacer mencion a la Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 027-2001-CTAR.LAM/DRPE mediante la cual se amplia el referido permiso de pesca para la extraccion de los recursos de anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y directo; Que, en consecuencia, resulta necesario rectificar el error material consignado en el articulo 2 de la Resolucion Directoral Nº 655-2008-PRODUCE/DGEPP a fin de precisar que la declaracion de caducidad alcanza no solo a la resolucion administrativa primigenia sino tambien a aquellos actos administrativos modificatorios o ampliatorios derivados de esta; Que, asimismo, cabe senalar que el presente acto no altera lo sustancial del contenido de la Resolucion Directoral Nº 655-2008-PRODUCE/DGEPP ya que la imposicion de la sancion obedece al incumplimiento por parte del administrado de lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE; y no altera el sentido de la decision adoptada por la administracion que es la de declarar la caducidad del permiso de pesca a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la embarcacion pesquera de bandera nacional JOSELITO 2 de matricula PL-18664CM, para la extraccion de los recursos de jurel, caballa, cachema, MORDAZA, anchoveta y sardina; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Legal Nº 959 - 2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi-RZB; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, el Memorando Nº 0412008-PRODUCE/DGEPP "Lineamientos Generales sobre el Procedimiento Administrativo de Caducidad de los Permisos de Pesca", y en uso de la facultades atribuidas mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE "Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el error material consignado en el articulo 2 de la Resolucion Directoral Nº 655-2008PRODUCE/DGEPP del 28 de octubre de 2008, el mismo que queda redactado en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 028-99-CTAR.LAM/DRPE MORDAZA

por Resolucion de Direccion Regional Sectorial Nº 0272001-CTAR.LAM/DRPE a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA titular de la embarcacion pesquera JOSELITO 2 de matricula PL-18664-CM, para la extraccion de los recursos de jurel, caballa, cachema, MORDAZA, anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, respectivamente, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE, de acuerdo a las consideraciones de hecho y derecho expuestas en la presente resolucion." Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

296135-4

Modifican permisos de pesca de embarcaciones a favor de personas naturales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 709-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 18 de noviembre del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00071709 del 29 de septiembre, 15 y 23 de octubre de 2008, presentados por MORDAZA MORDAZA URCIA y MORDAZA MORDAZA DE SANTISTEBAN. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 066-98-CTARLL /DIREPE de fecha 28 de septiembre de 1998 modificada por Resolucion Directoral Nº 064-2000-PRE/P de fecha 6 de diciembre de 2000, la Direccion Regional de Pesqueria La MORDAZA, al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias otorgo a favor de MORDAZA MORDAZA URCIA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "LOS ANGELES" de matricula PL-17595-CM, para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto y jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando MORDAZA con hielo como sistema de preservacion y redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada ( 13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) respectivamente, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa; Que con Resolucion Directoral Nº 032-2004 ­PRE/P-LL de fecha 25 de octubre del 2004, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 064-2000-PRE/P de fecha 6 de diciembre del 2000, en el extremo referido al cambio de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera LOS MORDAZA de matricula Nº PL-17595-CM, para la cual se considerara 97.85 m3 de capacidad de bodega, manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca otorgado; Que mediante Resolucion Vice Ministerial Nº 038-2002PE de fecha 12 de junio del 2002 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA URCIA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA, denominada "LOS MORDAZA II" con matricula Nº PL-19843PM, de 84.70 m3 de capacidad de bodega, utilizando hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada ( 13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 065-98CTAR-LL/DIREPE de fecha 28 de septiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA

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