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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de enero de 2009 387607 de selección. La aprobación y difusión de las modifi caciones se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del indicado Reglamento, vía Resolución del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, en consecuencia, en aplicación de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del Instituto Nacional de Defensa Civil para el Año Fiscal 2008, conforme al Anexo 1: Reformulación, que forma parte integrante de la presente Resolución, y que cuenta con la opinión favorable de disponibilidad presupuestal, emitida por la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, según el Informe de Disponibilidad consignado en Vistos, a fi n de incluir la Adquisición de Bienes de Ayuda Humanitaria – Carpas, conforme a lo solicitado por la Dirección Nacional de Logística; Que, de conformidad con los Informes Técnicos y Legal de la Dirección Nacional de Logística y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente según el Informe de Disponibilidad Presupuestaria Nº 00971-2008 de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, corresponde emitir el resolutivo correspondiente; De conformidad en el inciso c) del artículo 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y 141º, 146 al 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 2001-PCM y modifi cado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005-PCM, y con la visación de Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del Instituto Nacional de Defensa Civil para el Año Fiscal 2008, a fi n de incluir un proceso de selección para la Adquisición de Bienes de Ayuda Humanitaria – Carpas, conforme al Anexo Nº 1: Reformulación, que consta de (01) folio y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DECLARAR en situación de desabastecimiento inminente la Adquisición de Bienes de Ayuda Humanitaria – Carpas, y como consecuencia disponer su adquisición inmediata, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- EXONERAR del proceso de selección por causal de desabastecimiento inminente para la adquisición de bienes de ayuda humanitaria (3,000 unidades de carpas) y autorizar a la Dirección Nacional de Logística a adquirir mediante acciones inmediatas la adquisición mencionada, por un valor referencial de S/. 2’790,000.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), monto que se encuentra debidamente presupuestado según el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00971-2008, del 19.DIC.2008, y que será fi nanciado por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 4º.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución Jefatural y de los informes técnicos y legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- DISPONER que la Dirección Nacional de Logística ingrese la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicación a través del Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 6º.- DISPONER que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y notifi que a la Sub Jefatura, Dirección Nacional de Logística, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Estadística y Telemática, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL Descargado desde www.elperuano.com.pe