Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2009 (17/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388820 GOBIERNOS REGIONALES ENERO FEBRERO MARZO TOTAL 454. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS 62,300 13,300 13,300 88,900 455. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA 155,300 55,300 55,300 265,900 456. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO 153,100 54,000 54,000 261,100 457. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PIURA 540,900 225,800 225,800 992,500 458. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO 685,400 284,800 284,800 1,255,000 459. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN 393,000 144,900 144,900 682,800 460. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA 141,800 42,400 42,400 226,600 461. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TUMBES 222,200 91,400 91,400 405,000 462. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI 205,400 67,700 67,700 340,800 463. GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA 277,200 105,000 105,000 487,200 464. GOBIERNO REGIONAL DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 255,500 122,400 122,400 500,300 465. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 2,200 0 0 2,200 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 8,769,500 3,241,700 3,241,700 15,252,900 TOTAL GENERAL 12,466,700 6,938,900 6,938,900 26,344,500 302217-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban la matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del año 2009 correspondiente al Sector Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2009-MEM/DM Lima, 15 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 26° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional, el diseño de políticas nacionales y sectoriales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, resulta necesario establecer las políticas nacionales que serán de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verifi cables para todas las dependencias del Sector Energía y Minas, a fi n de que los funcionarios impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; De conformidad con la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031- 2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía, del Viceministro de Minas y del Secretario General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la matriz de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del año 2009 correspondiente al Sector Energía y Minas, la misma que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las Entidades y los Órganos del Sector Energía y Minas incluidos en la implementación de estas políticas deben remitir oportunamente a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas la información de la ejecución de las Metas y Políticas Nacionales al fi nalizar cada semestre. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas MATRIZ DE INDICADORES DE LAS POLITICAS NACIONALES D.S. N° 027-2007-PCM ENERGIA Y MINAS LINEAMIENTOS INDICADOR META 2009 RESPONSABLE I SEMESTRE II SEMESTRE 1.-EN MATERIA DE DESCENTRALIZACIÓN 1.1 Asegurar la pronta y adecuada transferencia de las competencias, funciones y recursos a los Gobiernos Regionales y Locales, respetando los principios de subsidiariedad, gradualidad, complementariedad y neutralidad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local. Interconectar la Región Lima - Callao con el modulo informatico regional 1 1 INGEMMET / Jurisdicción Minera 1.3 Capacitar sectorialmente a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de generar y consolidar una conveniente capacidad de gestión. Nº de talleres capacitación cuatro (04) cuatro (05) OGP N° de Talleres de capacitación en materia trámite y gestión de petitorios y en general todo procedimeinto ordinario minero 2 3 INGEMMET / Jurisdicción Minera Nº deTalleres in situ a los Gobiernos Regionales 6 6 INGEMMET / Jurisdicción Minera 3.- EN MATERIA DE JUVENTUD 3.1 Formular planes, programas y proyectos que atiendan las demandas y aspiraciones de la juventud en los asuntos que conciernan a cada uno de los ministerios y las diferentes instituciones del Estado. N° Practicantes 30 30 OPER/OGA N° de Secigristas 7 7 OPER/OGA 3.7 Fortalecer las capacidades de los jóvenes rurales e indigenas en sus espacios sociales y políticos locales, así como su proyección hacia los ámbitos regional y nacional, reconociendo y promoviendo sus culturas e identidades. Nº de pasantías 1 3 DGAAE 4.- EN RELACIÓN A LOS PUEBLOS ANDINOS, AMAZÓNICOS, AFROPERUANOS Y ASIATICOPERUANOS. 4.2 Concertar, articular y coordinar acciones de apoyo, fomento, consultas popular, capacitación asistencia técnica y otros, de las entidades públicas y privadas, a favor de los Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos y Asiaticoperuanos Nº de talleres de capacitación a miembros de comunidades nativas 2 2 OGGS 4.5 Asesorar a los Pueblos Andinos, Amazonicos. Afroperuanos y Nº de talleres de fortalecimiento 11 11 DGAAE Asiaticoperuanos en las materias de su competencia. Número de eventos de difusión en las Comunidades Nativas (DGH) Seis (6) eventos (Mantener informado a un mayor número de comunidades nativas en aspectos relacionados a los hidrocarburos, con el fi n de desarrollar su capacidad de diálogo y mantener las relaciones armoniosas con las empresas petroleras). Seis (6) eventos (Mantener informado a un mayor número de comunidades nativas en aspectos relacionados a los hidrocarburos, con el fi n de desarrollar su capacidad de diálogo y mantener las relaciones armoniosas con las empresas petroleras). DGH Nº de reuniones sobre tierras y derechos mineros con comunidades campesinas 2 2 OGGS/DGH 5.- EN RELACIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 5.1 Respetar y hacer respetar, proteger y promover el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y fomentar en cada Sector e institución pública su contratación y acceso a cargos de dirección. N° Discapacitados laborando 11 11 OMS/OGA 6.- EN MATERIA DE INCLUSIÓN