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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de enero de 2009 388822 INTERIOR Aprueban la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio del Interior durante el AF-2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 016-2009-IN-0303 Lima, 15 de enero de 2009 VISTO: El expediente organizado por la Ofi cina General de Planifi cación del Ministerio del Interior, relacionado con la aprobación de la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio del Interior para el AF- 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se definieron y establecieron las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 3º de la norma legal invocada establece que, mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia y que, asimismo, dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo precitado y en el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-IN-0303 de 15 de enero de 2008, se ha formulado la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio del Interior para el AF- 2009; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, el Texto Único Ordenado de Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004 modifi cado por la Ley Nº 28895, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio del Interior durante el AF-2009, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Planeamiento Estratégico y Presupuesto del Estado Mayor General PNP es la unidad orgánica responsable de consolidar la información de las dependencias de la Policía Nacional del Perú incluidas en el cumplimiento de estas políticas y de realizar el seguimiento y evaluación correspondiente a la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Cumplimiento Obligatorio en el ámbito de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3°.- Los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior incluidos en estas políticas y la Dirección de Planeamiento Estratégico y Presupuesto del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú deben remitir a la Ofi cina General de Planifi cación la evaluación de la ejecución de las Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio del Interior para el AF 2009 de acuerdo al siguiente cronograma: Semestre Fecha de Presentación Al I Semestre 2009 15 de julio de 2009 Al II Semestre 2009 15 de enero de 2010 Artículo 4°.- Todos los Órganos Policiales y No Policiales del Ministerio del Interior comprometidos están obligados a formular antes del 31 de diciembre del 2009 las actividades, metas e indicadores correspondientes al AF-2010. Artículo 5°.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es de responsabilidad del titular de cada Unidad Orgánica y su incumplimiento será informado por la Ofi cina General de Planifi cación al Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior y/ o al Órgano de Control Institucional de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL