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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de enero de 2009 388918 b) Las funciones de control lnstitucional y los que corresponderían a los Órganos de Asesoría, son cumplidas mediante apoyo coordinado, por la Ofi cina de Control Institucional y los Órganos de Asesoría, de la Municipalidad Distrital de Aczo y el Gobierno Provincial de Antonio Raimondi. c) Las funciones que corresponden a los órganos de apoyo, pueden ser encomendadas a personal rentado expresamente contratado con arreglo a Ley. d) Dentro de las acciones administrativas a ser desarrolladas por la Municipalidad del Centro Poblado de Chambara, los recursos impugnatorios de apelación, serán resueltos en última instancia en la Sesión de Concejo. Artículo Quinto.- TENGASE por DELEGADAS a la Municipalidad del Centro Poblado de Chambara, las siguientes funciones, que para el efecto, se dictarán mediante Decretos de Alcaldia por la Municipalidad Distrital de Aczo y el Gobierno Provincial de Antonio Raimondi: a) Conceder autorizaciones para la ubicación de anuncios y avisos publicatorios y propaganda política. b) Apertura de establecimientos comerciales. c) Regular y Controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, escuelas y otros lugares públicos locales, fi scalizando el uso de los carné sanitarios. d) Administrar, directamente o por concesión el servicio de agua potable y desagüe de su jurisdicción. e) Regular el tránsito urbano de peatones y vehículos motorizados. f) Monitorear la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa correspondiente. g) Promover, coordinar, ejecutar y evaluar, con el Gobierno Regional y demás órganos especiales inmediatos, los programas de alfabetización y programas no escolarizados, en el marco de las Políticas y programas nacionales, de acuerdo con las características socioculturales propias del Centro Poblado. h) Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general. i) Realizar el control de pesas y medidas, así como el del acaparamiento, la especulación, y la adulteración de productos y servicios. j) Supervisar y cooperar en la ejecución del Programa Vaso de leche y demás programas de apoyo alimentario dentro de su’ jurisdicción, con participación de su población y en concordancia con la legislación sobre la materia. k) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. l) Efectuar las labores de coordinación en las tareas de defensa civil con el Gobierno Distrital. m) Administrar el servicio de Registro Civil de su jurisdicción, en coordinación con el que corresponde al ámbito de la Municipalidad Distrital de Aczo. n) Administrar los Cementerios existentes dentro del ámbito de su territorio en coordinación con el Gobierno Distrital de Aczo. o) Las demás que resulten compatibles con su naturaleza y se encuentren establecidas en la ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Sexto.- TÉNGASE por DELEGADAS a la Municipalidad del Centro Poblado de Chambara, las atribuciones y económico tributarios, necesarias para el cumplimiento de las funciones señaladas en el Artículo precedente, para cuyo efecto y teniendo en cuenta las directivas que se dictaran mediante Decreto de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Aczo y el Gobierno Provincial de Antonio Raimondi, el Concejo MunicipaL del Centro Poblado de Chambara deberá aprobar mediante Ordenanza su Texto Único de Procedimientos Administrativos, su reglamento de Infracción y Saneamiento y demás instrumentos de gestión necesarios, sujetos a la previa revisión y aprobación por el Gobierno Provincial de Antonio Raimondi, con la opinión de la Municipalidad Distrital de Aczo. Artículo Séptimo.- La Municipalidad Distrital de Aczo, establecerá la asignación mensual ordinaria a transferirse, a partir de la fecha, a la Municipalidad del Centro Poblado de Chambara, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados, mediante su depósito en una cuenta bancaria que, para el efecto, deberá aperturar la Municipalidad receptora, cuyo régimen de gastos y rendición se sujetará a las disposiciones contenidas en los Arts. 133º y 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- RECONÓZCASE para los efectos a que se contrae la presente Norma Municipal a las siguientes autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado de Chambara, por el periodo de Gobierno en curso: Alcalde: Eduardo Eguscategui Ortiz Regidor: Marcelino Jara Rojas Regidor: Florencio Obregón Atencia Regidor: Andrés Avelino Sandoval Regidor: Demetrio Lugo Aranda Regidor: José Caleb Ostos Gamboa Regístrese, publíquese y cúmplase. SEBERO ALCANTARA VARILLAS Alcalde 301743-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 439-2008-A-MPC Cajamarca, 10 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: El Informe Nº 014 - 2008 – CEPAD – MPC de fecha 19 de septiembre del 2008, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre: el análisis del Adicional Nº 1 Por Mayores Metrados y Obras Complementarias de la obra “Mejoramiento y Ampliación del C.E. Nº 82028 - SAMANA CRUZ I ETAPA” mediante Resolución de Gerencia Nº 092-2007-GM-MPC de fecha 28 de setiembre del 2007. CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0126-2008-A - MPC, se designa a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, amparado en el Art. 165º Segundo Párrafo del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta entidad, se pronuncia por la apertura de Proceso Administrativo Disciplinario correspondiente al Ing. Herman Velásquez Cabrera, ex Gerente de Infraestructura (período en que se aprobó el expediente técnico), Ing. Luís Alberto Bazán Sifuentes, quien se desempeñaba como Sub Gerente de Estudios y Proyectos de Inversión, Ing. Edwin Romero Terrones ex Gerente de Infraestructura (período en que se aprobó el adicional) e Ing. Walter Urrunaga Cubas por la