Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

comprendidos en las Ordenanzas N° 1099-MML y Ordenanza N° 1076-MML, propuesta tecnica que se viene coordinando con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, debido a que la problematica de las Zonas 1 y 2 del distrito es muy compleja, por la tendencia de crecimiento residencial siendo la municipalidad la encargada de vializar y apoyar la inversion privada, por lo que se hace necesario la busqueda de soluciones practicas a la situacion y problematica existente en defensa del interes publico, asi como encontrar el equilibrio necesario para no desalentar la inversion privada, ni afectar el desarrollo MORDAZA armonico, minimizando los efectos de este crecimiento, asimismo, recomienda prorrogar por 90 dias, la suspension del otorgamiento de Licencias de Obra en cualquiera de sus modalidades, para Edificios Multifamiliares en las Zonas de Zonificacion Residencial correspondiente a la MORDAZA 01 y MORDAZA 02, a fin de dar cumplimiento a la finalidad prevista en la norma. Que, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para planificar el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones, conforme lo establecen los articulos 194º y 195º, numeral 6) de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680. Que, en ejercicio de las funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, previstas en el Art. 79º, numerales 3.6.2 y 3.6.4 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se hace necesario disponer la ejecucion de acciones inmediatas para la intervencion municipal en el area mencionada y salvaguardar la calidad de MORDAZA de las zonas residenciales afectadas y/o buscar formas tecnicas para su compensacion. Que, mediante Dictamen N° 003-2009-MDA/CDU y OP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, eleva al Pleno del Concejo Municipal, la recomendacion de aprobar la Ordenanza que prorroga por 180 dias la vigencia de la Ordenanza Nº 199-MDA. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° y 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA, QUE PRORROGA POR 180 DIAS LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 199-MDA Articulo 1º.- PRORROGAR por un Plazo de 180 dias contados a partir del dia siguiente de la Publicacion de la presente MORDAZA, la vigencia de la Ordenanza Nº 199MDA, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente norma. Articulo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Obras Privadas y Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 301919-3

Aprueban dictamenes de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas sobre Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 Ate, 14 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2009, el Dictamen Nº 001-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda aprobar la Desafectacion Parcial de Uso de Suelo para fines de vivienda del lote Nº 1 de la Manzana "R", destinado a Area Deportiva, el cual se encuentra inscrito en los Registros Publicos de MORDAZA, con codigo de predio PO2187067, siendo el area a desafectar de 1,173.53 m² , asimismo la MORDAZA 1 area a desafectar de 58.49 m², Pasaje 20 area a desafectar de 46.03 m², y Pasaje 21 area a de desafectar de 152.69 m², siendo el total de area a desafectar de 1,430.74 m² del Asentamiento Humano Los Progresistas de Ate, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante documento simple Nº 25979-08, el Asentamiento Humano Los Progresistas de Ate, por medio de su presidente el Sr. MORDAZA Mendieta MORDAZA, solicita la Desafectacion de Uso de Suelo del Area Deportiva, de la misma forma la MORDAZA 1, Pasaje 20 y Pasaje 21. Que, el Asentamiento Humano Los Progresistas de Ate, cuenta con el Saneamiento Fisico Legal, otorgado por COFOPRI, inscrito en la SUNARP, con codigo de predio Nº PO2186892 Que, mediante Informe Nº 028-2008-JCCR, de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, del area de Planificacion MORDAZA, se opina que resultaria procedente la Desafectacion Parcial de Uso de Suelo por no interrumpir el acceso a propiedad de terceros ni a vias de circulacion; y por su MORDAZA de consolidacion, sustentandose en el articulo 28°, Inciso b) de la Ordenanza Nº 296/MML "Por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes". Ya que el area deportiva se encuentra parcialmente posesionada por viviendas, de la misma forma presenta una topografia accidentada y no cuenta con proyectos ni obras ejecutadas para el uso destinado. Que, mediante Informe Nº 1116-2008-MDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica es de la opinion que es conforme desde el punto de vista legal la Desafectacion Parcial propuesta en virtud de lo cual deberan remitirse los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo para su evaluacion y dictamen y posterior pronunciamiento del Pleno del Concejo mediante acuerdo respectivo conforme lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 296/MML, modificada por la Ordenanza Metropolitana Nº 786/MML. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML. Ordenanza que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296MML. Y el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML; establece que las desafectaciones en todos los casos,

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