Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la presente ley y el Art. 20º de la MORDAZA legal citada establece que las exoneraciones se aprobaran en el caso de los Gobiernos Locales mediante Acuerdo del Concejo Municipal, el mismo que requiere obligatoriamente de un informe tecnico ­ legal previo, los que deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de los mismos deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Art. 146º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Derecho Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que la resolucion o acuerdo que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion y el Art. 147º de la MORDAZA legal citada establece que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion de los procesos de seleccion seran publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, debiendo publicarse adicionalmente a traves del SEACE; Que, los funcionarios responsables del Departamento de Obras han realizado visitas a cada uno de los centros poblados del Distrito de Parcoy comprobando en las mismas el deterioro en que se encuentra las carreteras y trochas carrozables lo que dificulta realizar el desarrollo sostenible de la MORDAZA y del normal desarrollo socio economico de la poblacion, por lo que recomiendan a traves del Informe Tecnico Nº 049-2008/CGS-JDOC-MDP-2008 de fecha 20 de Noviembre del 2008 que se declare en Situacion de Emergencia el mantenimiento y rehabilitacion de las carreteras y trochas carrozables del Distrito de Parcoy y de sus diferentes centros poblados por un periodo de 90 dias contados a partir del dia siguiente de su publicacion, y asi mismo para realizar las obras indicadas, recomienda la adquisicion inmediata de maquinaria como son la de 02 volquetes con capacidad de 15 a 17 m3 toda vez que la municipalidad no cuenta con dichas maquinarias para ejecutar los trabajos programados y para mantener y rehabilitar las vias de comunicacion. Que, la Oficina de Asesoria Legal ha emitido el Informe Legal Nº 119-2008-MDP-DGP-ALI de fecha 20 de Diciembre del 2008 en la que opina, luego del analisis de las normas legales citadas, asi como del Informe Tecnico Nº 049-2008/CGS-JDOC-MDP-2008 que la Municipalidad DECLARE en situacion de emergencia el mantenimiento y rehabilitacion de las carreteras y trochas carrozables del distrito de Parcoy y de sus diferentes centros poblados por un periodo de 90 dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo, y asi mismo la municipalidad realice la adquisicion de la maquinaria requerida por el departamento de obras, exonerando dicha adquisicion del MORDAZA de seleccion dentro de los alcances de los articulos 19, 20 y 22 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083 ­ 2004 ­ PCM y de los articulos 142, 146, 147 y 148 del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, debiendo precisarse en la parte resolutiva del Acuerdo de Concejo lo establecido por el numeral 6.5 de la directiva Nº 011 ­ 2001 ­ CONSUCODE / PRE y que se menciona en el numeral 6 de este informe legal. Que, mediante Informe Nº 013-2008-MDP/CONT/ MORDAZA de fecha 19 de Noviembre del 2008 emitido por el Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, se ha establecido que existe disponibilidad presupuestal para la adquisicion de 02 volquetes de 15 a 17 m3 por la suma de S/. 1'000.000.00 (Un Millon y 00/100 Nuevos Soles). Que, de acuerdo a los considerandos expuestos procede declarar en situacion de emergencia el Mantenimiento y Rehabilitacion de las Carreteras y Trochas Carrozables del Distrito de Parcoy y sus comunidades y exonerar del MORDAZA de seleccion la adquisicion de 02 camiones volquetes de 15 a 17 m3. Por la causal prevista

en el inciso c) Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 0832004-PCM y los Arts. 146º, 47º y 148º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y los documentos del visto que conforman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de emergencia el mantenimiento y rehabilitacion de las Carreteras y Trochas Carrozables del Distrito de Parcoy, Provincia de Pataz Departamento y Region La MORDAZA, por un periodo de 90 dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente acuerdo. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la adquisicion de 02 camiones volquetes de 15 a 17 m3 hasta por el monto de S/. 1'000,000 (Un millon 00/100 Nuevos Soles) para ser destinados al Mantenimiento y Rehabilitacion de las Carreteras y trochas Carrozables y acelerar la ejecucion de obras programadas por administracion directa de la circunscripcion del Distrito de Parcoy, asi como para brindar asistencia a la poblacion que comprende a sus comunidades y caserios, el mismo que se efectuara conforme a los procedimientos previstos en los Arts. 19º, 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 083-2004.PCM y los Arts. 142º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- Precisar que el periodo de exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los 02 volquetes de 15 a 17m3 mencionados no excedera de 30 dias calendario. Articulo Cuarto.- Encargar a la oficina de administracion de la Municipalidad Distrital de Parcoy, la adquisicion de la citada maquinaria, en el MORDAZA de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y de su Reglamento. Articulo Quinto.- Autorizar amplia y suficientemente al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Parcoy para que realice todos y cada uno de las gestiones y tramites, conducentes a la formalizacion y ejecucion del presente acuerdo. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo dispuesto por el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, concordante con el Art. 147º de su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, encargando a la Oficina de Administracion la publicacion respectiva, debiendo remitir MORDAZA del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 301714-1

Amplian articulos MORDAZA y tercero del Acuerdo de Concejo Nº 010-2008MDP
ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2009-MDP Parcoy, 9 de enero de 2009 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Municipalidad de fecha 9 de enero del 2009, el Informe Tecnico Nº

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