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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de enero de 2009 388914 Legales del Concejo Metropolitano y previa opinión de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del artículo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los artículos 59° y 65° del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modifi cado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotación bienes de su propiedad, a favor de personas jurídicas del sector privado, a condición de que sean destinados exclusivamente a la realización de obras o servicios de interés, o necesidad social, y fi jando un plazo, que según lo establece el Código Civil en su artículo 1001°, en el caso de uso, disfrute, explotación del bien ajeno, su plazo no podrá exceder de treinta (30) años. Que, mediante Dictamen Nº 002-2009-MDA/CDU y OP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, recomienda: Aprobar, el Acuerdo de Concejo de desaprobación de la Desafectación de Uso de Suelo para fi nes de vivienda del terreno de 468.00 m², que corresponde al área de Parque, Calle 1, Pasaje 2, y Losa Deportiva ubicada en la UCV 197, Zona “Q” Huaycán del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR, el Dictamen Nº 002- 2009-MDA/CDU y OP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, sobre la desaprobación de la Desafectación de Uso de Suelo para fi nes de vivienda del terreno de 468.00 m², que corresponde al área de Parque, Calle 1, Pasaje 2, y Losa Deportiva ubicada en la UCV 197, Zona “Q” Huaycán del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo 2º.- DISPÓNGASE la Trascripción y Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, y poner en conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro para los fi nes convenientes. Artículo 3º.- DISPÓNGASE a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la continuación del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Regístrese comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIA Alcalde 301926-2 Aprueban Propuesta Técnica de Parámetros Urbanos y Edificatorios de las Zonas 1 y 2 del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 004 Ate, 14 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2009, el pedido presentado por el Regidor Johnny Vásquez Arana, quien solicita someter a consideración del Pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Acuerdo de Concejo que apruebe la Propuesta Técnica de Parámetros Urbanos y Edificatorios de la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Art. 194° de la Constitución Política, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, según el Art. 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, el Art. 79º, inciso 1, numeral 1.2 de la Ley 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de Zonificación de Áreas Urbanas el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Que, mediante Ordenanza Nº 1099-MML, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los usos del suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho Chosica que forman parte de las áreas de tratamiento Normativo I-II y IV de Lima Metropolitana. Que, en la primera Disposición fi nal de la Ordenanza antes mencionada se señala que se suspenden los cambios Específi cos de Zonifi cación, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversión que califi quen de interés local por el Concejo Distrital respectivo o de interés metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Informe de evaluación la Comisión Técnica del Distrito de Ate, presenta la Propuesta Técnica de Parámetros Urbanos y Edifi catorios de la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1°.- Aprobar la Propuesta Técnica de Parámetros Urbanos y Edifi catorios de la Zona 1 y 2 del Distrito de Ate, cuyo Anexo forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2°.- Disponer la Transcripción y Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, poner en conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Obras Privadas para los fi nes convenientes. Artículo 3º.- Disponer que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima I.M.P. para su evaluación y aprobación correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIA Alcalde