Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

388911

ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL, TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES Y RECIBOS DE PAGO Y LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2009 Articulo 1º.- MANTENGASE vigente para el ejercicio fiscal 2009, las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 094-MDA, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 442 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, respecto a los montos que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores (Declaracion Jurada de Autoavaluo ­ Hoja Resumen, Predio MORDAZA, Predio Rustico), determinacion del Impuesto Predial, incluida su distribucion; asi como los montos de los derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo por cada predio, incluida su distribucion. Articulo 2º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2009 vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : : 27 de febrero 27 de febrero 29 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 199-MDA
ORDENANZA N° 209-MDA Ate, 14 de enero del 2009 POR CUANTO: EL Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2009, visto el Dictamen N° 003-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Art. 194º modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada, que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion a ordenamiento juridico. Que, el Art. 4º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenido y armonico de su circunscripcion. Que, el Art. 40 de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, supervision y administracion de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, asi mismo, con ellas se crean, modifican, suprimen y exoneran, los arbitrios, tasas y licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley. Que, el Art. 79º numerales 3.6.2 y 3.6.4 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, las de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, asi como la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDA publicada con fecha 15 de octubre del 2008, en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso la Suspension temporal por un Plazo de 90 dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la referida MORDAZA, el otorgamiento de Licencias de Obra en cualquiera de sus modalidades, para Edificios Multifamiliares en las Zonas de Zonificacion Residencial correspondiente a la MORDAZA 01 y MORDAZA 02 del distrito de Ate. Que, el plazo establecido en la precitada MORDAZA se extiende hasta el 13 de enero del 2009, en cumplimiento de los 90 dias establecido en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 199-MDA. Que, el Art. 4º de la citada MORDAZA, establece ademas la conformacion de una Comision Tecnica Especial, encargada de evaluar de manera tecnica legal las condiciones existentes en las Zonas 01 y MORDAZA 02 del distrito, en relacion a los Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigentes, la Zonificacion imperante y su posible adecuacion a la realidad existente, asi como elaborar la propuesta tecnica para su evaluacion y aprobacion por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante informe de evaluacion la Comision Tecnica, senala que a la fecha no se ha concluido con la elaboracion de la normativa respecto a los parametros

Respecto de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplia el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2009, el mismo que vence: - Pago al contado - Pago fraccionado Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : : : 31 de marzo 31 de marzo 30 de junio 30 de septiembre 30 de diciembre

Articulo 3º.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO. La obligacion de pago de las cuotas trimestrales de los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2009 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota : : : : 27 de febrero 29 de MORDAZA 31 de agosto 30 de noviembre

Tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion de pago para el ejercicio fiscal 2009 vence: Primera cuota MORDAZA cuota Tercera cuota Cuarta cuota POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 301919-2 : : : : 31 de marzo 30 de junio 30 de septiembre 30 de diciembre

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