Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2009 (18/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
VISTO:

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por US$ 25 000 000,00 (veinticinco millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), y registrar el prospecto complementario respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- En tanto Banco Financiero del Peru mantenga su condicion de entidad calificada y se trate de la emision de valores tipicos, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el MORDAZA del programa al que se refieren el articulo 1 de la presente resolucion, se podran entender realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion. En su defecto, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetaran a lo dispuesto por el articulo 14, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 5º.- La oferta publica de los valores a que se refieren los articulos 1, 2, 3 y 4 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25 y, de ser el caso, por el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado Reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores o, de ser el caso, de la recepcion de documentos a la que se refiere el articulo 14 literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 6º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a los que se refieren los articulos 1, 2, 3 y 4 de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 7º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion al Banco Financiero del Peru, en su calidad de emisor y entidad estructuradora; a Continental Sociedad Agente de Bolsa, en su calidad de agente colocador; al BBVA Banco Continental, en su condicion de representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores 290161-1

El expediente de evaluacion y ratificacion de la doctora MORDAZA Chu MORDAZA, Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura nombrar al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y renovarle o no la confianza por un mismo periodo, previo MORDAZA de evaluacion, conforme lo dispone el Art. 21º inciso c. de la Ley Organica del Consejo; Segundo: Que, mediante dicho MORDAZA, el Consejo Nacional de la Magistratura, sobre la base de elementos objetivos, decide si procede o no renovar la confianza al funcionario evaluado para continuar en el cargo por otros cuatro anos, sopesando la labor desarrollada y los resultados de su gestion; Tercero: Que, por Resolucion Nº 043-05-CNM de 24 de enero de 2005, la doctora MORDAZA Chu MORDAZA fue nombrada Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales habiendo prestado el juramento de ley el 27 de enero de 2005; dado el tiempo transcurrido y habiendo expresado la funcionaria mediante carta de 10 de octubre de 2008 su proposito de continuar en el ejercicio del cargo por un periodo mas, fue convocada por el Pleno del Consejo, segun acuerdo adoptado en sesion de 28 de octubre de 2008, habiendose realizado las publicaciones reglamentarias; Cuarto.- Que, concluidas las etapas del MORDAZA de evaluacion y ratificacion, teniendo a la vista el expediente correspondiente, y habiendose entrevistado a la evaluada en sesion publica llevada a cabo el 11 de diciembre del ano en curso conforme al cronograma de actividades aprobado por el Pleno del Consejo, corresponde adoptar la decision final, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 5º inciso 7 del Codigo Procesal Constitucional; Quinto.- Que, con relacion a la conducta durante el ejercicio del cargo se advierte de los documentos del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion instaurado a la doctora MORDAZA Chu Villanueva: a) no registra antecedentes penales, judiciales, ni policiales; b) registra 5 denuncias ante la Fiscalia de la Nacion de las cuales 4 han sido archivadas definitivamente, en tanto que la restante se encuentra en tramite, por lo que sobre esta MORDAZA es de aplicacion el MORDAZA de presuncion de MORDAZA, ademas que la funcionaria evaluada ha explicado y sustentado documentalmente tales aspectos de modo satisfactorio; y, c) solo ha sido presentada una denuncia via participacion ciudadana en su contra por parte de MORDAZA MORDAZA Salaverry, presidente del Partido Politico Despertar Nacional, corriendo en autos el descargo escrito presentado por la Dra. Chu MORDAZA y tambien su explicacion oral proporcionada a satisfaccion de este colegiado en el acto de la entrevista personal; Sexto.- Que, de lo actuado se aprecia mas de 20 cartas de apoyo a la gestion de la Dra. Chu MORDAZA de diversos ciudadanos e instituciones como el Colegio de Enfermeras (os), Colegio de Nutricionistas del Peru, Colegio Nacional de Arquitectos del Peru, Colegio de Trabajadores Sociales del Peru, Asociacion Peruana de Demografia y Poblacion, Asociacion Religiosa del Sagrado Corazon de MORDAZA, Rectorado de la Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA, Jefe del RENIEC, entre otros y mas de 12 reconocimientos por su labor desempenada; destacando entre estas la condecoracion Medalla de Honor entregada por el Congreso de la Republica en el grado de Gran Oficial; Setimo.- Que, respecto a la situacion patrimonial de la evaluada se aprecia de los documentos e informes de Registros Publicos que obran en el expediente y de lo vertido en su entrevista personal, que durante el periodo evaluado no ha adquirido mas bienes de los declarados al momento de hacerse cargo de la Jefatura de la ONPE; asi como tambien que ha cumplido con efectuar en forma anual su declaracion jurada de bienes y rentas, sin que

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Ratifican en el cargo a Jefa de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 182-2008-PCNM MORDAZA, 19 de diciembre de 2008

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