Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2009 (21/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2009

en el Diario El Peruano con fecha 19 de septiembre del 2008, se acuerda declarar en emergencia a las Provincias de Luya, Chachapoyas y MORDAZA de MORDAZA, de la jurisdiccion del Gobierno Regional Amazonas, en merito a los considerandos expuestos, por el espacio de sesenta (60) dias calendarios desde su publicacion, por el deslizamiento de piedras en 100 metros lineales como consecuencia de los trabajos de movimiento de tierras que viene realizando la Contratista ICCGSA, en la ejecucion del Proyecto: "Construccion y Mejoramiento de la Carretera Ingenio Chachapoyas", en cuyo ambito se encuentra el Distrito de Chuquibamba, Provincia de Chachapoyas. Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 063-2008-MDCH/ PCH/R.AMAZONAS, de fecha 03 de noviembre del 2008, se ha decretado Estado de Emergencia en el ambito de todo el Distrito de Chuquibamba, Provincia de Chachapoyas, Region Amazonas, por el espacio de 90 dias calendarios, a partir de la emision de la correspondiente Resolucion, considerando que, uno de los objetivos fundamentales, de la administracion publica municipal, es contar y proveer de manera eficaz, oportuna, eficiente y con criterios de equidad, los bienes y servicios publicos que requiere la poblacion, basado en la participacion ciudadana, la concertacion y la escala de prioridades de conformidad con su plan de desarrollo concertado y su presupuesto participativo, dentro del MORDAZA de la gobernabilidad y de comun acuerdo, de tal modo, el presupuesto municipal, se convierte en el MORDAZA orientador y principal instrumento de programacion economica y financiera para el logro de las funciones de la asignacion, distribucion y estabilizacion, y ademas considerando que la pobreza y extrema pobreza que se presenta en el ambito del distrito de Chuquibamba y la persistencia de la misma, a pesar del incremento paulatino, economico y del gasto publico que en los ultimos anos, ha incidido en desigualdad en la medicion de los diferentes grupos poblacionales, respecto de su funcion tanto en el ambito rural y MORDAZA, para el cumplimiento de las metas y objetivos de toda la jurisdiccion distrital, con el sustento de los diferentes informes procedentes de la Gobernacion Distrital, y de las Agencias Municipales, asi como, de las diferentes autoridades civiles, sociales, religiosas y politicas, alcanzados a esta Entidad, se ha diagnosticado, la grave realidad que viene atravesando el estado critico situacional, respecto de la Red Vial, referente a los caminos de herradura y caminos vecinales, del Distrito de Chuquibamba, ocasionando retraso al desarrollo socio economico de la jurisdiccion, por un lado, los caminos de herradura que se determinan como caminos no carrozables y que contribuyen a mejorar el acceso de las poblaciones mas alejadas, los mismos que presentan serias dificultades de transitabilidad y los caminos vecinales relacionados a las trochas carrozables, de igual modo puentes peatonales y carrozables en pesimo estado de conservacion y otros totalmente deteriorados, que en igual condicion requieren de una urgente rehabilitacion, mejoramiento y su permanente mantenimiento, con la finalidad de evitar deterioros prematuros, debido a la presencia de roturas y desniveles en varios tramos de la via, asi como la permanente limpieza, senalizacion y grado de deterioro de los tramos, evitando de este modo averias y desperfectos prematuros que imposibiliten la circulacion, a fin de proveer y administrar los mercados de factores de bienes y servicios, dentro de las MORDAZA de produccion y distribucion, facilitando y asegurando la calidad de las vias, por las que se trasladaran e intercambiaran los mismos, repercutiendo en la estimacion de los costos de produccion de las actividades economicas del distrito y el transporte de los pasajeros en general, de tal modo, que el gobierno local y las autoridades del distrito, tienen la responsabilidad de resarcir la debilidad que se presenta en el mantenimiento de las vias de comunicacion, buscando mejorar el acceso de la poblacion mas pobre en las zonas rurales, incidentemente a los servicios sociales basicos de salud, educacion y el fortalecimiento de capacidades para la gestion vial, buscando asegurar la sostenibilidad, continuidad, mantenimiento y rehabilitacion vial, basado en un programa de gestion, con lineas de base e instrumentos para el seguimiento y monitoreo de los resultados planteados, de tal modo, que los caminos

de herradura y caminos vecinales, con adecuada calidad de servicio, implicaran proyectos en busqueda de la superacion de la pobreza y en bien del desarrollo de todos los pueblos que conforman el distrito. Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2008-CEMDCH/PCH/RA, de fecha 02 de Diciembre del 2008, se especifica, que resulta urgente y necesario, llevar a cabo un MORDAZA de Seleccion denominado Concurso Publico, para el servicio de Alquiler de Maquinaria y Equipo Pesado, respecto del Proyecto de Inversion Publica "CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PUSAC-CHUQUIBAMBA, Distrito de Chuquibamba ­ Chachapoyas - Amazonas", con codigo SNIP Nº 648, con referencia al Expediente Tecnico. Que, mediante Informe Legal Nº 001-2008-ALEMDCH/PCH/RA, de fecha 03 de Diciembre del 2008, se especifica, que resulta procedente convocar a un MORDAZA de Seleccion, por Exoneracion, bajo la causal de Desabastecimiento Inminente y que se sintetiza en el Articulo VIII de la Ley Nº 27972, el Articulo 19º del TUO del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 22º, asimismo con el Articulo 141 del Reglamento de la Ley de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, al igual que el Decreto Supremo Nº 0202008-PCM, y Acuerdo de Concejo Regional Nº 022-2008GRA/CR, entre otros. Que, mediante Convenio Presidencial Regional Nº 093-2008-GRA/PR, concordante con la Resolucion de Gerencia Regional Nº 077-2008-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRI y la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 486-2008-GRA/PR, se establece la ejecucion de la obra "Construccion y Mejoramiento De La Carretera Pusac-Chuquibamba" con una partida presupuestal de S/. 1'205,064.40 (UN MILLON DOSCIENTOS CINCO MIL SESENTICUATRO Y 40/100 NUEVOS SOLES), cuyo detalle es el siguiente, Costo Directo S/. 1'018,814.40 (UN MILLON DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 40/100 NUEVOS SOLES), Gastos Generales S/. 96,800.00 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), Gastos de Supervision S/. 48,750.00 (CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) Gastos Administrativos S/. 40,700.00 (CUARENTA MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). Y con relacion al Alquiler de Maquinaria y Equipo Pesado consistente en Tractor Oruga 140 ­ 160 HP por 485 horas, Cargador Frontal sobre llantas 125 Hp, 2.5 Yardas Cubicas 160 horas maquina, Rodillo lizo vibratorio autopropulsado 101-135 HP, 10 -12 Toneladas 195 horas, compactador vibratorio MORDAZA plancha 4 HP 120 horas, Compresora neumatica 87 HP, 250 ­ 330 PCM 573 horas, Camion Volquete de 6 x 4 330 HP, 10 M3 1,475 horas, Camion Cisterna 4 x 2 (Agua), 122 HP, 2000 Galones, 168 horas, Mezcladora de Concreto MORDAZA tambor 11 pies cubicos, 18 HP 238 horas, Martillo Neumatico de 25 Kg. 848 horas, Motoniveladora de 125 HP 286 horas, Vibrador de Concreto 4 HP, 1.5 Pulgadas 79 horas, Rompedor Neumatico de mano 297 horas, movilizacion y desmovilizacion de la maquinaria pesada a utilizar, alquiler de maquinaria para transporte de materiales a obra, alquiler de vehiculos motorizados para transporte de personal de la obra y el alquiler de otros equipos menores de ingenieria, de conformidad con las bases; con una partida presupuestal S/. 632,381.50 (SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTAIUNO Y 50/100 NUEVOS SOLES); atendiendo a la Fuente de Financiamiento Programa de Inversion del Gobierno Regional Amazonas, Unidad Ejecutora 001-SEDE AMAZONAS, RECURSOS ORDINARIOS. Que, el Art. II de la Ley 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y los Art. 8º y 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, senalan que los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades,

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