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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de enero de 2009 389015 en el artículo 54º de la Ley Nº 28411 y en la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, es necesario promulgar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2008; razón por la cual se remitió los Reportes que contienen el desagregado del Presupuesto de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática, para que sean elevados al Consejo Regional a fi n de que proceda a su aprobación, lo cual permitirá emitir la Resolución Ejecutiva Regional correspondiente y su remisión a la Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Dirección Nacional del Presupuesto Público del MEF y a la Dirección de Contabilidad Pública; - Que, mediante Informe Nº 068-2008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 29 de diciembre de 2008, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, hace llegar al Presidente de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos, señor Jorge Sánchez Tafur, su opinión legal respecto a la propuesta del Presupuesto Institucional de Apertura 2009 (PIA) del Gobierno Regional Cajamarca, presentada por el Gerente General Regional, el mismo que debidamente fi rmado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, responsable de la formulación de dicho documento, contiene los desagregados del Presupuesto de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática, el mismo que por tratarse de un documento técnico de gestión institucional se enmarca dentro de los alcances de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y Ley N° 29289, Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2009, cuyo monto total deberá precisarse en el Acuerdo de Consejo Regional de aprobación. En ese sentido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15° literal c. de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional “Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal”, desde el punto de vista formal opinó porque procede la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Año 2009 del Gobierno Regional Cajamarca, prescindiéndose del Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales, por tratarse de un asunto de carácter técnico y de puro derecho. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año Fiscal 2009, correspondiente al Pliego 445 – Gobierno Regional de Cajamarca, el mismo que en noventa y cuatro (94) folios se adjunta y forma parte integrante del presente Acuerdo, con la fi nalidad de dar cumplimiento a los requerimientos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con cargo a efectuar las correcciones acorde a los proyectos priorizados y aprobados en el presupuesto participativo 2009. Segundo.- ENCARGAR a la Presidencia Regional para que, conjuntamente con las Comisiones Ordinarias de Planeamiento y Asuntos Jurídicos del Consejo Regional y Equipo Técnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, atienda dichas correcciones señaladas en el artículo precedente, y sean sustentadas ante el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILSON NICOLÁS FLORES CASTILLO Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional Consejo Regional 302196-5 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Instauran procesos administrativos disciplinarios a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 028 - 2009/ MVMT Villa María del Triunfo, 16 de enero del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO: El Informe Nº 005-2008-CEPAD/MVMT de fecha 10 de Diciembre de 2008, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios – CEPAD de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, sobre el Informe Largo Nº 011-2007-OCI/MVMT “Examen a la información Financiera y Complementaria al 31 de Diciembre 2006” y el Memorándum Nº 204-2008-ALC/ MVMT del Despacho de Alcaldía, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Largo Nº 011-2007- OCI/MVMT “Examen a la Información Financiera y Complementaria al 31 de Diciembre 2006”, se pone en conocimiento del Despacho de Alcaldía las observaciones encontradas por el órgano de control institucional a la información fi nanciera de la entidad, a efecto de que se implementen las recomendaciones pertinentes, siendo estas observaciones las siguientes: 01. LA SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD NO EFECTUÓ EL ANÁLISIS DE LOS RUBROS DE CUENTAS POR COBRAR AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2006 POR S/.39,985,086.24 Y PROVISIÓN COBRANZA DUDOSA POR S/.4,407,154.10. 02. LA SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD NO EFECTUÓ EL ANÁLISIS DE LAS CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS POR S/.770,559.96 03. LA SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD NO EFECTUÓ EL ANALISIS DE LAS CARGAS DIFERIDAS (GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO) POR S/.1,231,137.37 04. NO EXISTE EVIDENCIA QUE LA MUNICIPALIDAD HAYA REALIZADO LA TOMA DEL INVENTARIO FISICO DE INMUEBLES, MAQUINARIAS Y EQUIPOS Y EXISTENCIAS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006. 05. OBRAS EJECUTADAS CONSIDERADAS COMO CONSTRUCCIONES EN CURSO NO HAN SIDO LIQUIDADAS TÉCNICA Y FINANCIERAMENTE, DISTORSIONANDO LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2006. 06. LA SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD NO EFECTUÓ EL ANÁLISIS DEL RUBRO INMUEBLE MAQUINARIAS Y EQUIPO POR EL IMPORTE DE S/. 46’088,195.11 AL 31 DE DICIEMBRE 2006. 07. NO CONCILIAN LOS INGRESOS POR CONCEPTO DE IMPUESTOS Y TASAS A NIVEL