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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de enero de 2009 389011 las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera de VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE CON 60/100 NUEVOS SOLES (S/. 22’955,711.60) a favor de PROVÍAS NACIONAL para la ejecución del saldo de la obra “Rehabilitación y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-Celendín-Balsas, Tramo II Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000”, conjuntamente con la fi rma del convenio específi co cuyos términos y ejecución del convenio es atribución del Órgano Ejecutivo, de igual modo la Gerencia Regional de Infraestructura deberá elaborar los documentos técnicos fi nancieros conforme a ley. Segundo.- RECOMENDAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca, agilice los trámites correspondientes y adopte las medidas necesarias, a fi n de que el Proceso de Arbitraje con la Universidad Nacional de Ingeniería – UNI, respecto a la ejecución del Proyecto “Rehabilitación y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-Celendín-Balsas, Tramo II: Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000”, tengan un laudo arbitral favorable al Gobierno Regional Cajamarca, debiendo el Gerente General Regional presentar un informe detallado y documentado de las acciones que está realizando respecto a este proceso arbitral. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILSON NICOLÁS FLORES CASTILLO Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional Consejo Regional 302196-2 Aceptan donación efectuada a favor de la Dirección Regional de Salud Cajamarca ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 104-2008-GR.CAJ-CR Cajamarca, 19 de diciembre de 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 18 de diciembre del año 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 007-2008- GR.CAJ/CODESO, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, respecto a la Donación realizada por la ASOCIACIÓN PERUVIAN AMERICAN SOCIETY — PAMS DEL PERÚ, a favor de la Dirección Regional de Salud Cajamarca, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 28905, “Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior”, el artículo 1º establece que el objeto de esta ley es para facilitar el despacho aduanero de las mercancías provenientes del exterior que ingresan al país en el marco de la cooperación internacional no reembolsable a título de donación. De otro lado el mismo cuerpo normativo en el artículo 10º señala que “La Contraloría General de la República realiza las acciones de control sobre los actos de aceptación, de aprobación, de la entrega a sus benefi ciarios, y del cumplimiento del objeto que motivó la donación. Para los efectos del presente artículo la Contraloría General de la República coordina, en lo que corresponde, con la APCI y con los sectores respectivos”; - Que, el Decreto Supremo Nº 021-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28905 - Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, en el artículo 3º prescribe que “Las donaciones de mercancías provenientes del exterior serán aprobadas mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF”. De otro lado en el artículo 4º señala que para la expedición de la Resolución de aprobación de donación, los Donatarios deberán presentar ante el Sector correspondiente, los documentos indicados en el artículo 4 del Reglamento para la Inafectación del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, se aprueba el Reglamento para la Inafectación del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones, en el artículo 3º , numeral 3.1 establece que “Las donaciones que se efectúen a título gratuito a las entidades y dependencias del Sector Público serán aprobadas por Resolución Ministerial del Sector correspondiente”, y en el numeral 3.2 señala que para efecto de la Ley del IGV e ISC y la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Presidencia del Consejo de Ministros serán los Sectores que expedirán la Resolución Ministerial de aprobación correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de Presidencia del Consejo de Ministros: Poder Legislativo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Esta misma norma en el artículo 4º literal d) establece que para la expedición de las resoluciones ministeriales de aprobación de donaciones, los donatarios o los donantes, de ser el caso, deberán presentar, ante el Sector correspondiente, dentro de la documentación la Resolución de aceptación de la donación, Acuerdo de Concejo Municipal o Regional, de corresponder, mediante la cual se acepta la donación; - Que, mediante Ofi cio N° 1957 -2008-GR.CAJ/GGR- SG, de fecha 17 de diciembre de 2008, la Secretaria General del Gobierno Regional Cajamarca, Abog. Luvy Huamán Ramos, remite al Consejero Delegado, Ing. Wilson Flores Castillo, el acuerdo Nº 01 evacuado por el Directorio de Gerentes Regionales, mediante el cual se acuerda por mayoría: APROBAR la pertinencia, refl ejada en derivar al Consejo Regional a fi n que se incluya en la agenda de sesión de Consejo Regional, la Propuesta de la Gerente Regional de Desarrollo Social, Lic. Martha Rodríguez Tejada, contenida en el Memorando N° 820- 2008-GR.CAJ/GRDS, referente a solicitar la Aprobación de la donación de materiales e insumos médicos a favor de Los Centros de Salud de Yauyucán, Chancay Baños, Catache y Santa Cruz, provincia de Santa Cruz, por parte de La Asociación Peruvian American Society - PÁMS DEL PERU, a fi n que sea aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional; - Que, mediante Informe Nº 067-2008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 17 de diciembre de 2008, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, informa al Gerente General Regional, respecto al CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, EMPRESA MINERA LA ZANJA Y PAMS PARA EL PERU, cuyo objeto es brindar apoyo al Gobierno Regional Cajamarca en el Equipamiento de Diversas Redes de Salud de las Provincias de Santa Cruz y San Miguel- Cajamarca, opina favorablemente porque procede la aceptación de las donaciones, la misma que debe ser aprobada por el Consejo Regional, mediante Acuerdo de Consejo Regional, por tratarse de donación proveniente de organismos internacionales; - Que, mediante Ofi cio Nº 285-2008-GR-CAJ/DRA- D.PAT, de fecha 17 de diciembre de 2008, el Director de Patrimonio del Gobierno Regional Cajamarca, Lic. Eduardo Vilca Tantapoma, informa al Director Regional de