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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de enero de 2009 389014 Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero: RATIFICAR LA VOLUNTAD DE COMPROMISO DE CONTINUAR LA IMPLEMENTACION DE LOS REQUISITOS GENERALES, establecidos al respecto en el Artículo 7° de la Ley del Sistema de Acreditación: a) Presentación del Plan de Desarrollo Regional Concertado a que se refi ere el inciso b) del artículo 15° de la LOGR aprobado conforme a Ley. b) Presentación del Programa de Desarrollo Institucional a que se refi ere el inciso q) del artículo 15° de la LOGR, incluidos los planes sectoriales respectivos, aprobado conforme a ley. c) Presentación del Plan Anual y Presupuesto Participativo a que se refi ere el inciso e) del artículo 15° de la LOGR correspondiente al año fi scal en el que se solicita la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el Plan Anual, aprobado conforme a Ley. d) Presentación del Plan Básico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestión cuya elaboración y aprobación, en el marco del inciso s) del artículo 15° de la LOGR, debe tener correspondencia con las funciones sectoriales materia de transferencia. e) Presentación de las Actas de Instalación y Sesiones de los Consejos de Coordinación Regional, en las que se emita opinión consultiva con arreglo al artículo 11°-B de la LOGR, y las de la Asamblea Metropolitana de Lima, en las que se ejerza las funciones de Consejo de Consejo de Coordinación Regional. f) Para la sustentación documentada del cumplimiento de las normas de Responsabilidad y Transparencia Fiscal a que se refi ere el artículo 90°-A de la LOGR, en concordancia con el principio de responsabilidad fi scal establecido por el artículo 5° de la Ley de Bases, y desarrolladas en la Ley N° 27245 modifi cada por la Ley N° 27958, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y en el Decreto Legislativo N° 955, Descentralización Fiscal; se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Presidencial N° 065-CND- P-2005, por el cual “Aprueban requisitos específi cos e indicadores de cumplimiento y procedimientos de verifi cación de los requisitos generales y específi cos relativos al proceso de acreditación del año 2005”, g) Presentación del Plan de Participación Ciudadana como instrumento de la política a que se refi ere el inciso p) del artículo 15° de la LOGR, aprobado conforme a ley. h) Sustentación documentada de la conformación de la Agencia de Promoción de Inversiones a que se refi ere el numeral 3) del artículo 7° de la Ley N° 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, reglamentado por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 063-2004-PCM. En los casos de no haberse conformado Agencias de Promoción de Inversiones en razón de su inaplicabilidad, los Gobiernos Regionales cumplirán con presentar la sustentación documentada de la creación de la Agencia de Fomento de la Inversión Privada a que se refi ere el artículo 8° de la Ley N° 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, reglamentado por el Capítulo IV Título II del Decreto Supremo N° 015-2004-PCM. i) Lineamientos de Políticas Sectoriales Regionales aprobados por los respectivos Consejos Regionales, Cuadro de Asignación de Personal, Presupuesto Analítico de Personal, Reglamento y Manuales de Organización y Funciones, desarrollados de acuerdo a las funciones solicitadas y aprobados conforme a ley. Segundo: DISPONER al Despacho de la Presidencia Regional, llevar a cabo las acciones tendientes al cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, dando inicio al proceso de transferencia del Ciclo 2008. Tercero: DISPONER que la Comisión de Transferencia del Gobierno Regional, debe coordinar permanentemente con las Direcciones y Gerencias Regionales para hacer el Informe de Implementación respectivo, a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Cuarto: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILSON NICOLÁS FLORES CASTILLO Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 302196-4 Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Año Fiscal 2009 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 109-2008-GR.CAJ-CR Cajamarca, 31 de diciembre de 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del año 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 001- 2008-GR.CAJ/COAJ-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, referente a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2009, con el voto mayoritario del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artículo 54º (plazo de la promulgación o aprobación y presentación de los presupuestos), numeral 54.1 literal a) establece que los Gobiernos Regionales promulgan o aprueban, según sea el caso, sus respectivos presupuestos dentro de un plazo que vence el 31 de diciembre de cada año fi scal anterior a su vigencia. La misma norma en el numeral 54.2 prescribe que en caso de que el Consejo Regional o Concejo Municipal no aprueben sus presupuestos dentro del plazo fi jado en el presente artículo, el Titular del Pliego mediante la Resolución correspondiente aprobará, en un plazo que no excederá de los cinco (5) días calendario siguientes de iniciado el año fi scal, el proyecto de presupuesto que fuera propuesto al Consejo o Concejo, respectivamente; - Que, con Acuerdo Regional Nº 052-2008-GR.CAJ- CR, de fecha 01 de julio del 2008, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Programa de Inversiones 2009 para el Pliego 445 del Gobierno Regional Cajamarca, resultado del Proceso del Presupuesto Participativo en el Marco de la Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171- 2003- EF; - Que, mediante Ofi cio Nº 1361-2008-GR-CAJ/GGR, de fecha 23 de diciembre de 2008, el Gerente General Regional, Ing. Germán Estela Castro, hace llegar al Consejero Delegado, Ing. Wilson Flores Castillo, los reportes que contienen el desagregado del Presupuesto de Ingresos y Egresos, así como la Estructura Funcional Programática del Gobierno Regional de Cajamarca, para su aprobación ya que por tratarse de un “mandato legal” establecido en el artículo 54º de la Ley de Presupuesto del Sector Público, no es necesario ser visto en Directorio de Gerentes, para el análisis de la “pertinencia” dispuesto por la Directiva No. 06-2008-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI; - Que, mediante Informe Nº 178-2008-GRCAJ- GRPPAT-SGPT, de fecha 23 de diciembre de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. Walter Ibáñez Juárez, informa al Gerente General Regional, Ing. Germán Estela Castro, que una vez aprobada y publicada la Ley de Presupuesto del Sector Público según lo establecido