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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2009 (21/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de enero de 2009 389016 FINANCIERO Y PRESUPUESTAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006, DETERMINANDOSE UNA DIFERENCIA DE S/.8,129,333.22. 08. NO EXISTE ANÁLISIS DE LA CUENTA INVERSIONES INTANGIBLES Y SU CORRESPONDIENTE AMORTIZACION POR AGOTAMIENTO Y LA AMORTIZACIÓN DEL PERÍODO NO HA SIDO EFECTUADA. 09. LA SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD HA CASTIGADO LAS CUENTAS INCOBRABLES EN EL PERIODO 2006 POR UN IMPORTE DE S/.4,407,154.10 SIN CONTAR CON LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES. 10. INACCIÓN PARA EFECTUAR LA DEPRECIACIÓN DE LA CUENTA CONSTRUCCIONES EN CURSO, CUYO IMPORTE DEL ACTIVO ASCIENDE A S/.37,912,871.61 Y EN NINGUNO DE AÑOS ANTERIORES SE HA EFECTUADO DEPRECIACIÓN. 11. DURANTE EL EJERCICIO 2006 LA MUNICIPALIDAD NO HA EFECTUADO LA DEPRECIACIÓN DEL RUBRO INFRAESTRUCTURA PÚBLICA. 12. NO SE CUMPLIÓ CON PAGAR A LAS AFP LAS RETENCIONES EFECTUADAS A LOS TRABAJADORES DE LA MUNICIPALIDAD POR EL VALOR INSOLUTO DE S/.690,398.69, LO QUE GENERARÍA UN PAGO ADICIONAL POR INTERESES Y MULTAS DE S/.9,121,681.07 13. EN LA OBRA ADMINISTRACIÓN DIRECTA Nº 001-2006 “HABITACIÓN Y MEJORAMIENTO LOCAL COMUNAL AA. HH. LAS LOMAS –TABLADA DE LURIN” INGRESARON VARILLAS DE FIERRO A OBRA ANTES DE REALIZAR LOS PROCESOS DE ADQUISICION, DESCONOCIENDOSE EL DESTINO DE LA MISMA PERJUDICANDO DE ESTA MANERA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO. 14. DURANTE EL EJERCICIO 2006 SE HA PAGADO INDEBIDAMENTE CTS A EX FUNCIONARIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR UN IMPORTE TOTAL DE S/.276,230.51, SIN TENER EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 276. Que, asimismo el órgano de control institucional señala que los ex funcionarios comprendidos en las observaciones antes notadas son los siguientes: - Sr. Oscar Mendoza Gilio, Ex Sub Gerente de Contabilidad comprendido en las Observaciones Nº s 01, 02, 03, 04,05.06, 07, 08,09.10, 11. - C.P.C. Percy Villacres Llaja, Ex Gerente de Rentas comprendido en las Observaciones Nº s 01,02, - Lic. Teodomiro López Henríquez, Ex Gerente de Administración comprendido en las Observaciones Nº s 04, 10, 11, 12,14 - Ing. Luis Haro Vereau, Ex Sub Gerente de Logística comprendido en las Observaciones Nº s 04 - Ing. Luis Haro Vereau, Ex Director de Administración comprendido en las Observaciones Nº s 12 - Eco. Fithgerald Gallarday Manzo, Gerente de Planeamiento y Presupuesto comprendido en las Observaciones Nº s 07 - C.P.C. Jacinto Cano Romero, Ex Sub Gerente de Contabilidad comprendido en las Observaciones Nº s 10, 11,14, - Abg. Eduardo Benjamín Flores, Ex Gerente Municipal comprendido en las Observaciones Nº s 12,14 - Arq. Fabio Máximo Fuentes, Ex Gerente de Desarrollo Urbano comprendido en las Observaciones Nº s 13 - C.P.C. Cesar de la Cruz Solórzano, Ex Gerente de Rentas comprendido en la Observación Nº 07 - Ing. Alex Silva Alvarado, Ex Sub Gerente de Obras Públicas comprendido en las Observaciones Nº s 13, - Ing. Ronald Cubas Carrillo, Ex Ingeniero Residente comprendido en las Observación Nº 13 - Abg. Adolfo Flores Huarcaya, Ex Gerente Municipal comprendido en la Observación Nº 14 - Srta. Katya Rojas Solís, Ex Sub Gerente de Recursos Humanos comprendido en la Observación Nº 14 Que, la Recomendación N° 1 del referido informe, establece que se meritúe la procedencia de aplicar las sanciones administrativas a que hubiere lugar a los funcionarios implicados en las observaciones notadas por el órgano de control; Que, conforme a las facultades previstas en el Art. 166° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, se remitieron los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fi n de que califi que los hechos contenidos en Informe N° 011-2007- OCI/MVMT y se pronuncie sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, evaluadas las observaciones recaídas en el documento en materia y atendiendo a la calidad de prueba preconstituida de las mismas conforme a lo establecido en el inc. f) del Art. 15° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante el documento del vistos ha concluido que los hechos señalados como observaciones por el órgano de control hacen presumir la comisión de las faltas administrativas disciplinarias previstas en el Artículo 28° incs. a) y d) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, por lo que a efectos determinar la comisión de las mismas y de ser el caso su gravedad, recomienda la apertura de proceso administrativo disciplinario a los ex funcionarios comprendidos en el referido informe; Estando a lo expuesto, conforme a la recomendación de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y a lo dispuesto en los Arts. 163° y 167° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en uso de las facultades previstas en el Art. 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los Ex Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, que seguidamente se mencionan por las faltas administrativas establecidas en el Artículo 28° incs. a) y d) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, conforme al siguiente detalle: - Sr. Oscar Mendoza Gilio, Ex Sub Gerente de Contabilidad, derivadas de las Observaciones Nros. 01, 02, 03, 04,05.06, 07, 08,09.10, 11 - C.P.C. Percy Villacres Llaja, Ex Gerente de Rentas derivadas de las Observaciones Nºs. 01,02, - Lic. Teodomiro López Henríquez, Ex Gerente de Administración derivadas de las Observaciones Nros. 04, 10, 11, 12,14 - Ing. Luis Haro Vereau, Ex Sub Gerente de Logística derivadas de la Observación N° 04 - Ing. Luis Haro Vereau, Ex Director de Administración derivadas de la Observación N° 12 - Eco. Fithgerald Gallarday Manzo, Gerente de Planeamiento y derivadas de la Observación N° 07 - C.P.C. Jacinto Cano Romero, Ex Sub Gerente de Contabilidad derivadas de las Observaciones Nros. 10, 11,14, - Abg. Eduardo Benjamín Flores, Ex Gerente Municipal derivadas de las Observaciones Nros. 12,14 - Arq. Fabio Máximo Fuentes, Ex Gerente de Desarrollo Urbano derivadas de la Observación N° 13 - C.P.C. Cesar de la Cruz Solórzano, Ex Gerente de Rentas derivadas de la Observación Nº 07 - Ing. Alex Silva Alvarado, Ex Sub Gerente de Obras Publicas derivadas de la Observación N° 13, - Ing. Ronald Cubas Carrillo, Ex Ingeniero Residente derivadas de la Observación N° 13 - Abg. Adolfo Flores Huarcaya, Ex Gerente Municipal derivadas de la Observación Nº 14 - Srta. Katya Rojas Solís, Ex Sub Gerente de Recursos Humanos derivadas de las Observaciones Nros. 14 Artículo Segundo.- Conceder a los Ex Funcionarios Públicos mencionados en el artículo precedente el plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día