Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2009 (21/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

389009

diciembre del ano 2008; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen N° 001-2008-GR.CAJ/COP-COI-COAJ, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Infraestructura y Asuntos Juridicos, referente a aprobar la transferencia financiera de VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS ONCE CON 60/100 NUEVOS SOLES (S/ 22'955,711.60) a favor de PROVIAS NACIONAL para la ejecucion del saldo de la obra "Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-Celendin-Balsas, Tramo II Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000", con el MORDAZA unanime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, articulo 52º en concordancia con el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, senala que: "las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecucion, interpretacion, resolucion, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato, se resolveran mediante conciliacion o arbitraje, segun el acuerdo de las partes..."; - Que, el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el articulo 221º (Ejecucion de Garantias), numeral 2) senala que la garantia de fiel cumplimiento y la garantia adicional por el monto diferencial de propuesta se ejecutaran, en su totalidad, solo cuando la resolucion por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, MORDAZA quedado consentida o cuando por laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decision de resolver el contrato. El monto de las garantias correspondera integramente a la Entidad, independientemente de la cuantificacion del dano efectivamente irrogado, y en el articulo 269º (Liquidacion del contrato de obra), establece que "El contratista presentara la liquidacion debidamente sustentada con la documentacion y calculos detallados, dentro de un plazo de sesenta (60) dias o el equivalente a un decimo (1/10) del plazo de ejecucion de la obra, el que resulte mayor, contado desde el dia siguiente de la recepcion de la obra. Dentro del plazo de treinta (30) dias de recibida, la Entidad debera pronunciarse, ya sea observando la liquidacion presentada por el contratista o, de considerarlo pertinente, elaborando otra, y notificara al contratista para que este se pronuncie dentro de los quince (15) dias siguientes. Si el contratista no presenta la liquidacion en el plazo previsto, su elaboracion sera responsabilidad exclusiva de la Entidad en identico plazo, siendo los gastos de cargo del contratista. La Entidad notificara la liquidacion al contratista para que este se pronuncie dentro de los quince (15) dias siguientes...". De otro lado en el articulo 270º (Efectos de la liquidacion), prescribe que "luego de haber quedado aprobada o consentida la liquidacion culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo. Toda reclamacion o controversia derivada del contrato, inclusive por defectos o vicios ocultos, se resolvera mediante conciliacion y/o arbitraje en los plazos previstos para cada caso"; - Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, articulo 21º literal k. establece que el Presidente Regional tiene la atribucion de celebrar y suscribir, en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion o concesion de obras, proyectos de inversion, prestacion de servicios y demas acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional; - Que, mediante Oficio N° 1631-2008-GR.CAJ/GGRSG, de fecha 5 de noviembre de 2008, la Secretaria General del Gobierno Regional MORDAZA, Abog. Luvy MORDAZA MORDAZA, remite al Consejero Delegado, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el acuerdo Nº 03 evacuado por el Directorio de Gerentes Regionales, mediante el cual se acuerda por unanimidad: Derivar al Consejo Regional a fin que se incluya en la agenda de sesion, la iniciativa propuesta por el lng. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente

General, contenida en el Memorando N° 1628 A-2008GR.CAJ/GGR, para solicitar la autorizacion del Consejo Regional la firma del convenio correspondiente con PROVIAS NACIONAL, en el MORDAZA de la ejecucion del Proyecto "Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-Celendin-Balsas, Tramo II: Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000"; - Que, mediante Informe Nº 054-2008-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 4 de noviembre de 2008, el Director Regional de Asesoria Juridica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa al Gerente General, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA que: 1) Tiene conocimiento que el Convenio suscrito entre el Gobierno Regional MORDAZA y la Universidad Nacional de Ingenieria - UNI para la ejecucion de la obra "Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-Celendin-Balsas, Tramo II: Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000"; ha sido resuelto en forma total por el Gobierno Regional MORDAZA, por causal de incumplimiento en la ejecucion de la obra por parte de la UNI; 2) Como consecuencia, de la denegatoria de un plazo ampliatorio y de la Resolucion del Convenio, entre otras causales, la UNI ha formulado sendas solicitudes de conciliacion y de arbitrajes, peticiones que a la fecha se encuentran en tramite; 3) Frente a esta situacion, PROVIAS NACIONAL debe tener pleno conocimiento de la situacion legal de este tramo de la carretera, como cuestion previa a la suscripcion de cualquier convenio con el Gobierno Regional Cajamarca; 4) Para solicitar al Consejo Regional la aprobacion de la transferencia financiera del saldo de obra, se requiere la Liquidacion de dicha Obra debidamente aprobada, asi como el informe tecnico de la situacion real de la misma; con la informacion veraz de que esta se encuentra en arbitraje y de que una de las pretensiones de la UNI es continuar con la ejecucion de la Carretera objeto del Convenio; 5) Es conveniente se tenga en cuenta que si el Gobierno Regional MORDAZA decide la transferencia del saldo de presupuesto del Proyecto a PROVIAS NACIONAL para que este continue con la ejecucion de la obra. Por lo expuesto y considerando el informe sobre disponibilidad presupuestal contenido en el Oficio N° 1585-2008-GR.CAJ-GRPPAT-SGPT, opino por que procede la transferencia financiera solicitada por la Gerencia General Regional por el monto de S/ 22´955,711.60 (Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias). Mediante Oficio Nº 1013-2008GR.CAJ/DRAJ, de fecha 11 de noviembre de 2008, se ratifica en lo senalado en el Informe N° 054-2008-GR.CAJ/ DRAJ, respecto a la opinion sobre la transferencia financiera a PROVIAS NACIONAL para que continue la ejecucion de la Carretera "Rehabilitacion y Mejoramiento a nivel de Asfalto de la Carretera Cajamarca-CelendinBalsas, Tramo II: Km. 26 + 000 al Km. 52 + 000", en este sentido, el Consejo Regional debera tener en cuenta el Informe de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre la disponibilidad Presupuestal de S/. 22'955,711.60, contenido en el Oficio N° 1585-2008-GR.CAJ-GRPPATSGPT. Ademas senalo que es de conocimiento publico que la UNI ha interpuesto demandas Arbitrales contra el Gobierno Regional MORDAZA, siendo una de sus pretensiones la de continuar con la ejecucion de la obra, cuyos procesos se encuentran en tramite y que legalmente dificultan la firma de cualquier Convenio y/o Contrato para continuar la ejecucion de dicho proyecto; sin embargo, la decision de la firma de cualquier Convenio con otra Entidad, para continuar con la ejecucion de Carretera, corresponde al Gobierno Regional MORDAZA, asumiendo las responsabilidades anotadas en el Informe Nº 0542008-GR.CAJ/DRAJ. Finalmente, con Oficio Nº 11092008-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 10 de diciembre de 2008, remite la documentacion que sustenta lo expuesto en los numerales 2) y 5) del Informe N° 054-200-GR.CAJ/ DRAJ; - Que, mediante Oficio Nº 1585-2008-GRCAJGRPPAT-SGPT, de fecha 4 de noviembre de 2008, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. MORDAZA Ibanez MORDAZA, remite al Gerente General, Ing. MORDAZA MORDAZA

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