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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2009 (24/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de enero de 2009 389201 y q del Artículo 44° de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina Auxiliar de Registro de Estado Civil del Centro Poblado de Sapuena, Distrito de Saquena, Provincia de Requena, Departamento de Loreto. Artículo 2°.- La Ofi cina de Registro Auxiliar del Estado Civil del Centro Poblado de Sapuena, queda encargada de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento y defunción, a la Ofi cina Auxiliar del Registro de Estado Civil del Centro Poblado de Sapuena, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, con el apoyo de la Jefatura Regional 4 Iquitos y la ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Saquena; orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas que regulan las inscripciones en los Registros del Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 304094-2 Establecen la tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para los beneficiarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 043-2009/JNAC/RENIEC Lima, 23 de enero de 2009 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 021-2008/JNAC/RENIEC, los Ofi cios N° 2212-2008 y 032-2009/GRIAS/RENIEC, el Informe N° 049-2008-GRIAS/RENIEC, el Ofi cio N° 018- 2009/GPP/RENIEC, el Informe N° 05-2009/SGP/GPP/ RENIEC y el Informe N° 066-2009-GAJ/RENIEC; y. CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que. mediante Resolución Jefatural N° 772-2005- JEF/RENIEC, del 11 de julio de 2005, se aprobó el “Plan Nacional de Restitución de la Identidad: Documentando a las personas Indocumentadas”, a ejecutarse dentro del período 2005-2009; Que, en el marco del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, mediante Decreto Supremo N° 032-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 062-2005-PCM, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, con la finalidad de ejecutar transferencias directas en beneficio de las familias más pobres de las zonas rurales y urbanas; Que, con la Resolución Jefatural N° 021-2008/JNAC/ RENIEC se estableció la tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para los beneficiarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, de acuerdo a la información que brinde dicha Entidad; Que, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social solicita con el objeto de benefi ciar a la población en situación de vulnerabilidad, la ampliación de diversas Resoluciones Jefaturales, entre otras, la señalada en el párrafo que antecede; Que, tal como lo establece la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través del Informe del visto de la Sub Gerencia de Presupuesto, es factible atender la campaña antes indicada con cargo a la fuente de donaciones y transferencias del Programa “JUNTOS”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y funciones del RENIEC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la tramitación y emisión gratuita del DNI en la modalidad de inscripción por primera vez para los benefi ciarios mayores y menores de edad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, de acuerdo a la información que brinde dicha Entidad. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de la presente resolución serán afectados con cargo a las donaciones y transferencias del Programa Juntos. Artículo Tercero.- Disponer de manera excepcional, para la atención de menores a 17 años de edad la admisión de copia autenticada por el Registrador del RENIEC del Acta de Nacimiento del respectivo titular, así como del DNI del declarante que se encuentre caduco o que no cuente con el holograma de sufragio o la dispensa correspondiente. Artículo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Informática, de Administración, de Operaciones Registrales y de Planifi cación y Presupuesto, la implementación de la ejecución de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 305075-1 Aprueban la “Campaña de tramitación y expedición gratuita del Documento Nacional de Identidad” por concepto de renovación, duplicado y rectificación de datos a personas residentes en los distritos con mayor nivel de pobreza determinado por la Estrategia Nacional “CRECER” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 044-2009/JNAC/RENIEC Lima, 23 de enero de 2009 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 043-2008/JNAC/RENIEC, los Ofi cios N° 2212-2008 y 032-2009/GRIAS/RENIEC, el Informe N° 049-2008-GRIAS/RENIEC, el Ofi cio N° 018- 2009/GPP/RENIEC, el Informe N° 005-2009/SGP/GPP/ RENIEC y el Informe N° 066-2009-GAJ/RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183° de la Constitución Política del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal propósito una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población menos favorecida y en situación de vulnerabilidad; Que, el “Plan Nacional de Restitución de la Identidad: Documentando a las Personas Indocumentadas 2005-