TEXTO PAGINA: 15
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de julio de 2009 399237 En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 433 664,00), para ser destinados al fi nanciamiento de la contratación de hasta 250 docentes, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 2 433 664,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 2 433 664,00 =========== A LA: SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 442 : Gobierno Regional del Departamento de Apurímac UNIDAD EJECUTORA 300 : Educación Apurímac FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 487 616,00 --------------------- Total 487 616,00 ============ UNIDAD EJECUTORA 301 : Educación Chanka FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 537 196,00 --------------------- Total 537 196,00 ============ UNIDAD EJECUTORA 302 : Educación Cotabambas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 1 216 880,00 --------------------- Total 1 216 880,00 ============ UNIDAD EJECUTORA 303 : Educación Chincheros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 191 972,00 --------------------- Total 191 972,00 ============ TOTAL EGRESOS 2 433 664,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º de la presente norma, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruyen a las respectivas Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto de Urgencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Autorización para la contratación de docentes en el Gobierno Regional del Departamento de Apurímac 4.1 Autorízase, de manera excepcional, al Gobierno Regional del Departamento de Apurímac a contratar en el presente año fi scal, mediante contratos de naturaleza temporal, hasta 250 docentes, con cargo a los recursos autorizados por el artículo 1º del presente Decreto de Urgencia, para lo cual queda exceptuado de lo dispuesto en el artículo 8º numeral 8.1 de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. 4.2 La contratación autorizada en el numeral precedente se efectuará previo informe favorable del Ministerio de Educación, el cual establecerá el número de plazas docentes vacantes en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, y normas complementarias. Asimismo, la citada contratación se realiza por concurso público de méritos. 4.3 El ingreso de docentes que se efectúe en las Unidades de Gestión Educativa Local del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, en el marco de la presente norma, se realizará en estricta observancia a lo establecido en las Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en el período lectivo 2009, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 0161-2009-ED. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 374315-4 DEFENSA Dejan sin efecto R.M. Nº 093-2009-DE/ SG que aprobó exoneración de proceso de selección referente al servicio de reparación de helicóptero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 683-2009-DE/EP Lima, 14 de julio de 2009