Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2009 (18/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2009

Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID -, hasta por la suma de US$ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) denominada "Programa de Reformas de Recursos Hidricos II". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo sera en veinte (20) anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera de ellas a los sesenta y seis (66) meses contados a partir de la suscripcion del contrato de prestamo. La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes basada en la LIBOR a tres (3) meses, mas un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su politica sobre tasas de interes. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de credito respecto de los saldos no desembolsados del prestamo, cuyo porcentaje sera establecido periodicamente por el BID de acuerdo a su politica de operaciones, sin que exceda el 0,75% anual. Durante el periodo de desembolso no habra comision de inspeccion y vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no podra cobrarse en un semestre determinado mas de 1% del monto de financiamiento dividido por el numero de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos. Articulo 2°.- Facilidad de Conversion de Moneda y Facilidad de Conversion de Tasa de Interes Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, para que en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1° de esta MORDAZA legal, pueda ejercer los instrumentos financieros denominados "Facilidad de Conversion de Moneda" y "Facilidad de Conversion de Tasa de Interes", mencionados en la parte considerativa de esta MORDAZA legal. Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo de Reformas de Recursos Hidricos II" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, y de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales ­ UCPS. Articulo 4°.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1° de esta MORDAZA legal, asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5°.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 374314-5

Autorizan Setimo Tramo de la Emision de Bonos Soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009
DECRETO SUPREMO Nº 157-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y su modificatoria, se aprobo la emision de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinaran a financiar proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emision de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fijan las caracteristicas generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales a ser financiados con los recursos que se obtengan con la colocacion del respectivo tramo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 179-2009EF/75 se aprobaron los "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 040-2009" y los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de bonos soberanos; Que, de la aplicacion de los citados indices de distribucion, corresponde al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA un financiamiento de hasta S/. 76 648 510,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA ha presentado a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al financiamiento a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 040-2009, y su modificatoria, hasta por un monto de S/. 14 694 678,10 (CATORCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 10/100 NUEVOS SOLES) para ejecutar los proyectos de inversion publica a su cargo, denominados "Construccion Bocatoma Irrigacion Pativilca", "Mejoramiento del MORDAZA de Irrigacion Hausucara ­ MORDAZA Pato" y "Represamiento de la MORDAZA de Huancarcocha y Construccion del MORDAZA Principal de Derivacion"; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el setimo tramo de la emision interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y su modificatoria, destinado a financiar los proyectos de inversion publica mencionados en el considerando precedente a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Lima; Que, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 058-2009; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

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