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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2009 (23/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399486 Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001- 2009-MINAM, establece en sus artículos 7º y 10º que la Secretaría General es parte de la Alta Dirección de la Entidad y el Secretario General es la máxima autoridad administrativa de la Institución; Que, la Ofi cina de Administración es el órgano responsable de la oportuna y adecuada gestión de los recursos humanos, fi nancieros y materiales asignados a la institución y depende jerárquica y funcionalmente de la Secretaría General, según lo dispuesto en el artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001- 2009-MINAM; Que, el literal s) del artículo 9º de dicho Reglamento de Organización y Funciones establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo como titular del OEFA y su máxima autoridad ejecutiva, delegar una o más de sus funciones en otros funcionarios del OEFA, siempre que no sean privativas del cargo de titular de la entidad, de acuerdo a Ley; Que, es pertinente establecer los niveles de desconcentración de los procesos decisorios con la fi nalidad de viabilizar el accionar del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, por lo que es necesario delegar al Secretario General y al Jefe de la Ofi cina de Administración, las facultades que en materia presupuestal y administrativa le corresponden al Titular de la Entidad; Con el visado de la Secretaria General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en los artículos 7º y 40º de la Ley Nº 28411; el numeral 6.1 del artículo 6º de la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01; el artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017; el literal s) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM; y la Resolución Suprema Nº 003-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en el Secretario General del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el Año Fiscal 2009, las siguientes facultades: 1.1. Facultades de orden presupuestal; a) Las facultades que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. b) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático. c) Emitir directivas internas para la racionalización del gasto y manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2009. 1.2. Facultades de orden administrativo; a) Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones, y evaluar su ejecución. b) Autorizar la convocatoria de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos, de acuerdo con la normativa sobre contrataciones del Estado. c) Designar comités especiales encargados de la conducción de Licitaciones y Concursos Públicos, así como la modifi cación de la composición de los mismos que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieren expresamente de la intervención del Titular del Pliego. d) Aprobar las contrataciones y adquisiciones complementarias de bienes y/o servicios, de acuerdo con la normativa sobre contrataciones del Estado. e) Aprobar expedientes de contratación de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. f) Aprobar las bases de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. g) Aprobar la cancelación de procesos de selección. h) Autorizar los adicionales de bienes y servicios, así como las reducciones de los bienes y servicios. i) Aprobar la resolución de los contratos, por caso fortuito o fuerza mayor, así como el incumplimiento de los mismos, cuando sea imputable a los contratistas. j) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado, los hechos producidos y/o cometidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. k) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar los procesos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. l) Autorizar la convocatoria de procedimientos para la selección de personal a ser contratado bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios- CAS. m) Aprobar la suspensión o cancelación de los procedimientos de contratación administrativa de servicios. Artículo 2°.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el Año Fiscal 2009, las siguientes facultades: 2.1 Facultades de orden presupuestal; a) Aprobar los calendarios de compromisos y sus ampliaciones, incluyendo sus anexos. 2.2 Facultades de orden administrativo; a) Autorizar la convocatoria de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de acuerdo con la normativa sobre contrataciones del Estado. b) Designar comités especiales de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, así como la modifi cación de la composición de los mismos que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia no requieren expresamente de la intervención del Titular del Pliego. c) Aprobar expedientes de contratación de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. d) Aprobar las bases de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía. e) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 051 Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. f) Suscribir en nombre y representación del OEFA, los Contratos Administrativos de Servicios-CAS con las personas seleccionadas, así como sus prórrogas o modifi caciones. g) Suscribir en nombre y representación del OEFA, las actas de resolución de contratos administrativos de servicios por decisión unilateral o por mutuo acuerdo. h) Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos administrativos de servicios por decisión unilateral del contratado. i) Comunicar al contratado bajo el régimen de contratación administrativa de servicios, la decisión unilateral del OEFA de resolver el contrato, previo agotamiento del procedimiento de resolución regulado en el numeral 13.2 del artículo 13º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. j) Suscribir en nombre y representación del OEFA, la documentación que sea necesaria presentar al Seguro Social de Salud – ESSALUD, con la fi nalidad de permitir el pleno acceso a las prestaciones que les corresponde a los contratados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, así como a sus derecho habientes, en mérito a su condición de afi liados regulares del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. Artículo 3º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi eren los