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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2009 (23/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de julio de 2009 399484 propiedad del Estado de 152 782,18 m², ubicado en la intersección de las avenidas Wiese, Bayóvar y Jirón de la Salud, Sector II de la Ciudad Mariscal Cáceres, denominado Fracción 5, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 43160850 del Registro de Predios de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007- VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado es propietario del predio de 12 000,00 m², que forma parte de otro de mayor extensión de 152 782,18 m², ubicado en la intersección de las avenidas Wiese, Bayóvar y Jirón de la Salud, Sector II de la Ciudad Mariscal Cáceres, denominado Fracción 5, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 43160850 del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 1832 del Libro de Lima; Que, el citado predio forma parte del aporte reglamentario destinado a fi nes educativos a favor del Estado, en virtud de la Resolución N° 055-86-ENACE- 8100RLM, de fecha 14 de agosto de 1986, por lo que de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio público; Que, el artículo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectación de un bien de dominio público, al dominio privado del Estado procede cuando haya perdido la naturaleza o condición apropiada para su uso público o para prestar un servicio público, y será aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, por Resolución Nº 071-2004/SBN-GO-JAD, de fecha 10 de setiembre de 2004, se afectó en uso a favor del Instituto Peruano del Deporte, el predio de 135 476,67 m², que forma parte del predio inscrito en la Partida Registral N° 43160850 del Registro de Predios de Lima, para el funcionamiento de un Complejo Deportivo; Que, por Resolución Nº 167-2005/SBN-GO-JAD, de fecha 24 de octubre de 2005, se aprobó la renuncia parcial a la afectación en uso a favor del Estado, del predio de 40 643,74 m², que forma parte del predio inscrito en la Partida Registral Nº 43160850 del Registro de Predios de Lima, quedando afectado en uso a favor del Instituto Nacional del Deporte, el área de 94 832,93 m² para el referido Complejo Deportivo; Que, de acuerdo a la inspección ocular efectuada por personal de esta Superintendencia se ha verifi cado que el predio de 12 000,00 m², forma parte del predio de 94 832,93 m², constituido por el Complejo Deportivo “Canto Grande”, administrado por el Instituto Peruano del Deporte – IPD, cuyo estado de conservación es defi ciente; por lo que, considerando que el predio no viene siendo destinado para fi nes educativos y al no habérsele dado un uso adecuado como campo deportivo, ha perdido su condición de dominio público; Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, corresponde independizar el área de 12 000,00 m², del área de mayor extensión de 152 782,18 m², ubicado en la intersección de las avenidas Wiese, Bayóvar y Jirón de la Salud, Sector II de la Ciudad Mariscal Cáceres, denominado Fracción 5, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con arreglo a lo establecido en el artículo 47º de la Resolución Nº 248-2008-SUNARP-SN, Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal l) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolución N° 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos señalados en el Informe Técnico Legal Nº 392-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 20 de julio del 2009; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Resolución N° 315-2001/SBN y Resolución N° 066-2009/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Independizar a favor del Estado el predio de 12 000,00 m², que forma parte de otro de mayor extensión de propiedad del Estado de 152 782,18 m², ubicado en la intersección de las avenidas Wiese, Bayóvar y Jirón de la Salud, Sector II de la Ciudad Mariscal Cáceres, denominado Fracción 5, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° 43160850 del Registro de Predios de Lima, de conformidad con el Plano N° 1037-2009/SBN- GO-JAD sustentatorio de la presente resolución. Artículo 2°.- Declarar la desafectación de dominio público del predio de 12 000,00 m² descrito en el articulo precedente, a fi n que se incorpore al dominio privado del Estado. Artículo 3°.- Por el mérito de la presente Resolución, la Zona Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos procederá a inscribir la independización y desafectación dispuesta en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. REYNA ISABEL HUAMANI HUARCAYA Jefe de Adjudicaciones 375668-1 Declaran la desafectación de dominio público de predio ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 122-2009/SBN-GO-JAD San Isidro, 21 de julio de 2009. Visto, el Expediente N° 154-2009/SBNJAD, correspondiente al trámite de desafectación de dominio público del predio de 1 125,00 m², constituido por el Lote N° 3, del Pueblo Joven Inca Pachacútec, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral N° P03043560 del Registro de Predios de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034- 2008-PCM, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado es propietario de un predio de 1 125,00 m², constituido por el Lote N° 3, del Pueblo Joven Inca Pachacútec, distrito de Villa María del Triunfo, provincia