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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2009 (24/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de julio de 2009 399580 tramitación de procesos judiciales y administrativos, ante presuntos hechos de evidente corrupción, para luego canalizarlos a la dependencia de control respectiva. c) Solicitar, recibir y analizar información de las entidades públicas o privadas, a cargo de registros de información fi nanciera y patrimonial, ante la noticia de presuntos actos de corrupción, para luego canalizarlos a la dependencia de control respectiva. d) Emitir informes técnicos - administrativos a la Presidencia del Poder Judicial, con la fi nalidad de implementar programas, talleres, seminarios y similares que coadyuven con el fortalecimiento de la conducta ética en los magistrados y personal. e) Emitir reportes ante el requerimiento del órgano competente, respecto a información o documentación acopiada que alude a presuntos hechos de corrupción. f) Mantener reserva bajo responsabilidad de la información recabada, salvo que fuere requerida formalmente por la entidad competente en materia disciplinaria. g) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Presidente del Poder Judicial en materia ética y fortalecimiento de los mecanismos de control interno. h) Coadyuvar con la labor de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, referente al respecto irrestricto de la independencia de los magistrados en el marco de sus funciones jurisdiccionales. Artículo Tercero.- La Ofi cina de Informática del Poder Judicial, brindará el soporte técnico necesario que requiera la Comisión de Ética Judicial, para el logro de sus objetivos. Artículo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judicial, brindará las condiciones necesarias para la implementación y funcionamiento de la Comisión de Ética Judicial. Artículo Quinto.- Dentro de los treinta (30) días útiles contados a partir de la fecha de su instalación, la Comisión de Ética Judicial propondrá al Presidente del Poder Judicial el correspondiente Plan de Trabajo para su aprobación, con conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Inspectoría General y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 376337-4 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aclaran la Res. Adm. N° 432-2009-P- CSJLI/PJ, precisando que lo dispuesto en la misma surte sus efectos a partir de su fecha de publicación Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 435-2009-P-CSJLI-PJ Lima, 23 de julio del 2009 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 432-2009-P-CSJLI/ PJ, de fecha 21 de julio del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de vista, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día de la fecha, en cuyo mérito, se dispuso promover al señor magistrado Raúl Sebastian Rosales Mora, Juez titular del Quinto Juzgado Constitucional, como Juez Superior Provisional de la Primera Sala Contencioso Administrativa. Al respecto, debe entenderse que lo dispuesto por la referida resolución surte efectos a partir del día de su publicación, razón por la cual resulta pertinente aclarar la misma, con la fi nalidad de evitar nulidades posteriores. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicación extensiva de lo establecido en los artículos 219° y 220° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACLARAR la Resolución Administrativa Nº 432- 2009-P-CSJLI/PJ, de fecha 21 de julio del presente año, precisando que lo dispuesto en la misma, surten efectos a partir de su fecha de publicación. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA Presidente (e) de la Corte Superior de Justicia de LIma 376566-1 Designan Jueces Supernumerarios del Quinto Juzgado Constitucional de Lima y del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Huaycán Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 436- 2009-P-CSJLI-PJ Lima, 23 de julio del 2009 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 432- 2009-P-CSJLI/ PJ, de fecha 21 de julio del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de vista, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día de la fecha, por esta Corte Superior de Justicia, se dispuso promover