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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de julio de 2009 399600 sobre modifi cación del TUPA aprobado por Ordenanzas Nº 329-MSS y Nº 330-MSS; Que, el inciso 20) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, dispone que son atribuciones del Alcalde “Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y los administrativos en el Gerente Municipal”, en concordancia con el Artículo 10º inciso 3) de la acotada Ley; Que, así mismo el Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza; i) Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; ii) A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”; por lo que se hace necesario delegar las atribuciones políticas en el Primer Regidor hábil; Que, mediante el Artículo Tercero del Acuerdo de Concejo Nº 45-2009-ACSS del 27.05.2009, se encargó al Teniente Alcalde señor Gonzalo Antonio Martín Gambirazio Marquina, el despacho de la Alcaldía, desde el 04 al 12 de junio del 2009; Estando al Dictamen Conjunto Nº 25-2009-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 639-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, los regidores presentes adoptaron por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LAS ORDENANZAS Nºs. 329-MSS Y 330-MSS QUE MODIFICAN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- APROBAR de Ofi cio la modifi cación de Tasas y Derechos correspondientes a los Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobados por la Ordenanza Nº 329-MSS y la Ordenanza Nº 330-MSS de acuerdo a los anexos que son parte integrante de la presente Ordenanza y APROBAR la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco, de acuerdo a los anexos que son parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- PRECISAR que los formularios y formatos aprobados en el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 318-MSS y el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 330-MSS, son parte integrante de la Ordenanza, los mismos que son de distribución gratuita y de libre reproducción y serán publicados en la página Web de esta Comuna www.munisurco.gob.pe, una vez ratifi cada la misma. Artículo Tercero.- REMITIR, a la Municipalidad Metropolitana de Lima la presente Ordenanza y sus Anexos, para su ratifi cación de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607-MML. Artículo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la cual se efectuará una vez que se emita el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratifi ca la modifi catoria, disponiendo además la publicación del íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco y sus modifi catorias en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco www.munisurco.gob.pe; en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE www. serviciosalciudadano.gob.pe. Mando que ratifi cada, se publique, comunique y cumpla. GONZALO GAMBIRAZIO MARQUINA Teniente Alcalde Encargado de Alcaldía 375612-6 Aprueban Texto Actualizado del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13-2009-MSS Santiago de Surco, 17 de Julio de 2009 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorándum N° 1327-2009-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 264-2009-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Acta de la Comisión Especial Revisora del Decreto de Alcaldía N° 07-2006- MSS sobre Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios del Área de Tratamiento Normativo III, el Informe Colegiado N° 001-2009, el Informe N° 793-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo que dispone el inciso 6), Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para; Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se señalan las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 74° de la Ley antes acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución, fi scalización y control, en las materias de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 912 aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; disponiendo en el Artículo 8º que la Municipalidad de Santiago de Surco, en estricta sujeción a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaño Mínimo de Departamentos y Otros para su aplicación en la jurisdicción distrital; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Municipalidad Provincial, esta Corporación mediante Decreto de Alcaldía Nº 07-2006-MSS aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, y el plano de Secciones y Áreas de Tratamiento diferenciado (Plano S01), correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; sin embargo, la citada norma ha sido modifi cada, ampliada y precisada por diversas normas (Decretos de Alcaldía: N° 12-2006-MSS publicado el 18.12.2006, N° 20-2007-MSS publicado el 21.12.2007, N° 01-2008-MSS publicado el 23.01.2008, N° 19-2008-