Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2009 (05/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

397073

indicando la existencia de condiciones de riesgo por la temporada de bajas temperaturas en las circunscripciones territoriales de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali; por efecto de nevadas, granizadas y heladas en las zonas alto andinas, asi como por el friaje en la MORDAZA selvatica oriente, y que es necesario adoptar medidas inmediatas de mitigacion en las zonas afectadas, recomendando se gestione la declaratoria de Estado de Emergencia, que permita ejecutar las acciones inmediatas, simultaneas y necesarias correspondientes; Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT comisa mercancia en aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1053 - Ley General de Aduanas y la Ley Nº 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, que califican como infraccion administrativa; Que, en tal contexto, es necesario dictar medidas a fin de facultar a la SUNAT para que disponga inmediatamente, mediante adjudicacion directa, de las mercancias comisadas con el fin de atender el Estado de Emergencia que se preve en el presente decreto; En uso de las atribuciones que confiere el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali Declarese el Estado de Emergencia por bajas temperaturas en las provincias de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali, senaladas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, hasta el 5 de agosto de 2009, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes, dirigidas prioritariamente a la adquisicion de antibioticos, medicinas, prendas de abrigo, calzado, frazadas y alimentos, asi como al alquiler temporal de locales y albergues para la poblacion en peligro. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali, los Gobiernos Locales provinciales y distritales involucrados, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO y demas entidades del Estado, dentro de su competencia, estan obligadas a realizar las acciones necesarias para la rehabilitacion de los servicios e infraestructura publicos necesarios que se requieran para atender a las personas en situacion de peligro por las bajas temperaturas, conforme al articulo 1º precedente. Las adquisiciones que se realicen en virtud al presente Decreto Supremo, estaran sujetas a la fiscalizacion posterior de la Contraloria General de la Republica, en el MORDAZA de sus atribuciones. Articulo 3º.- Adjudicacion directa al INDECI En tanto subsista el Estado de Emergencia en las circunscripciones territoriales senaladas en el presente Decreto Supremo, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT podra adjudicar directamente al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, prendas de vestir, calzado, frazadas y alimentos comisados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1053 - Ley General de Aduanas o que constituyan infraccion administrativa al MORDAZA de la Ley Nº 28008 - Ley de los Delitos Aduaneros, en el MORDAZA legal previsto en dichas normas, y sin necesidad que el comiso MORDAZA quedado firme o consentido. El INDECI ejecutara, en forma inmediata, las acciones que fueren necesarias a efecto que las mercancias a que se refiere el parrafo anterior, MORDAZA distribuidas entre la poblacion

damnificada y afectada, debiendo requerir previamente a la autoridad competente, la respectiva constatacion de su estado, en los casos que sea necesario. Las telas, destinadas a la confeccion de prendas de vestir y ropa de MORDAZA para abrigar, comisadas por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT podran ser adjudicadas directamente ademas del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Articulo 4º.- Devolucion de mercancias De disponerse administrativa o judicialmente la devolucion de mercancias que hubieran sido materia de adjudicacion, conforme a lo previsto en el presente Decreto Supremo, la Direccion Nacional del Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas debera atender el pago del valor de la mercancia determinado en el avaluo y los intereses legales correspondientes. Los intereses legales a que se refiere el parrafo precedente, se computaran desde la fecha en que la SUNAT expida la resolucion que ordena la devolucion o desde la fecha en que esta le sea notificada a la referida entidad, hasta que se ponga a disposicion del interesado el monto correspondiente. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Educacion, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA VILDOSO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

ANEXO DEL DECRETO SUPREMO Nº 036-2009-PCM RELACION DE PROVINCIAS AFECTADAS POR LAS BAJAS TEMPERATURAS, DECLARADAS EN ESTADO DE EMERGENCIA
DEPARTAMENTO AMAZONAS PROVINCIA CHACHAPOYAS LUYA MORDAZA DE MORDAZA AIJA MORDAZA RAYMONDI MORDAZA BOLOGNESI CARHUAZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORONGO MORDAZA MORDAZA HUAYLAS MARISCAL LUZURIAGA OCROS PALLASCA POMABAMBA RECUAY MORDAZA MORDAZA YUNGAY

MORDAZA

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