Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2009 (05/06/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

397066
VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de junio de 2009

El Pedido formulado por el regidor Fredy MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Asuntos Juridicos, Rentas, Gastos y Control Patrimonial. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 107-MDLCH de fecha 22 de febrero de 2008, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, el cual en merito de lo establecido en el tercer parrafo del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, fue remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su correspondiente ratificacion; sin embargo, dicha Comuna a la fecha no ha procedido ha emitir pronunciamiento al respecto; Que, estando a lo expuesto y a fin de evitar cuestionamientos de indole legal, resulta necesario ratificar la Ordenanza Nº 051-CDLCH, que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de esta Municipalidad, publicado el 08 de agosto de 2004; ello hasta que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ratifique la Ordenanza Nº 107-MDLCH; Estando a las facultades conferidas en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los Senores Regidores se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA RATIFICA TRANSITORIAMENTE LA ORDENANZA Nº 107-CDLCH QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA Articulo 1º.- Ratificar el Transitoriamente la Ordenanza Nº 051-CDLCH que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, el cual se encontrara en vigencia hasta que el Concejo Metropolitano de MORDAZA proceda a ratificar la Ordenanza Nº 107-MDLCH. Articulo 2º.- Deroguese y Dejese Sin Efecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso a) del numeral 1 del articulo 18º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, dispone que en materia de transporte, las municipalidades distritales tienen competencia para la regulacion del transporte de vehiculos menores; Que, a su vez, el Decreto Supremo Nº 004-2000MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, establece en su primera disposicion complementaria, que la Municipalidad Distrital competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo con las condiciones de su jurisdiccion; Que, a traves de la Ordenanza Nº 138-MDSM se establecio como vias de acceso y salida a la jurisdiccion de San MORDAZA para los vehiculos menores de MORDAZA MORDAZA, las siguientes vias: por el Este hasta el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bolognesi, tramo Malecon Bertolotto prolongacion MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Unamuno, tramo prolongacion MORDAZA ­ avenida la Marina; Que, no obstante ello, actualmente los vehiculos provenientes de otras jurisdicciones ingresan al Distrito de San MORDAZA, transgrediendo los limites establecidos por la Ordenanza Nº 138-MDSM, incrementandose la informalidad y el congestionamiento vehicular en el distrito, generandose conflictos entre las unidades vehiculares de unos y otras circunscripciones; Que, la municipalidad de San MORDAZA promulgo la Ordenanza Nº 138-MDSM como medida eventual en tanto se aprueba un regimen de gestion comun con el distrito vecino de MORDAZA MORDAZA, el mismo que aun no se concreta, por lo que es indispensable proceder a la derogatoria de aquella, en salvaguarda MORDAZA social y convivencia pacifica de los vecinos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo lo siguiente:

DEROGATORIA DE LA ORDENANZA Nº 138-MDSM QUE LIMITA EL ACCESO A VEHICULOS MENORES DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA A LAS VIAS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA
Articulo Unico.- DEROGAR la Ordenanza Nº 138MDSM que limita el acceso a vehiculos menores del Distrito de MORDAZA MORDAZA a las vias del Distrito de San Miguel. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA

355939-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Derogan la Ordenanza Nº 138-MDSM que limita el acceso a vehiculos menores del distrito de MORDAZA MORDAZA a las vias del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 176-MDSM
San MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680, y en concordancia con lo establecido en los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada

356588-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Recategorizan a universidades para determinacion de la tasa de arbitrios municipales y establecen tope MORDAZA de incremento para el ano 2009
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2009-CDB
Bellavista, 2 de junio de 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.