Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2009 (05/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de junio de 2009

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que amplia el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 027-2009-PCM a todo el departamento de Amazonas, la provincia de Datem del Maranon del departamento de MORDAZA y las provincias de San MORDAZA y MORDAZA del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 035-2009-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2009PCM se declaro el Estado de Emergencia en los distritos de Echarate y Kimbiri de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; Sepahua de la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali; Napo en la provincia de Maynas del departamento de Loreto; Andoas, Pastaza, Morona y Manseriche de la provincia del Datem del Maranon del departamento de Loreto; e, Imaza de la provincia de Bagua del departamento de Amazonas, por el plazo de sesenta (60) dias, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y eliminacion de los riesgos existentes, a fin de restablecer el orden interno y procurar la defensa de los derechos de los ciudadanos y de los servicios publicos afectados; Que, ante dicha eventualidad, mediante el citado dispositivo legal se han suspendido los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24 apartado f), del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en la fecha, se han producido graves hechos de violencia en diversas localidades del departamento de Amazonas, por lo que se hace necesario incorporar toda su extension territorial dentro de los alcances de la citada norma; Que, asimismo, es necesario ampliar el citado Estado de Emergencia a toda la provincia del Datem del Maranon del departamento de Loreto; asi como a las provincias de MORDAZA y San MORDAZA del departamento de Cajamarca; en razon de haberse registrado actos contrarios al orden publico; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion del Estado de Emergencia Ampliese el Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 027-2009-PCM a todo el departamento de Amazonas, a la provincia del Datem del Maranon del departamento de Loreto; asi como a las provincias de MORDAZA y San MORDAZA del departamento de Cajamarca. Articulo 2º.Suspension de derechos constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos en todo el departamento de Amazonas, en la provincia del Datem del Maranon del departamento de MORDAZA, asi como en las provincias de MORDAZA y San MORDAZA del departamento de MORDAZA, los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f), del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru.

Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra del Interior, la Ministra de Justicia y el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en diversas provincias de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y Ucayali, afectadas por las bajas temperaturas
DECRETO SUPREMO Nº 036-2009-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las zonas alto andinas de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y Tacna vienen siendo gravemente afectadas por bajas temperaturas que producen fenomenos meteorologicos como heladas y granizadas, entre otros; afectando directamente a la poblacion humana asentada en las mencionadas zonas alto andinas, especialmente aquellas situadas por encima de los 3,500 m.s.n.m.; asimismo, tambien vienen siendo afectadas por las bajas temperaturas, diversas provincias de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a los Sectores comprometidos, a los Gobiernos Regionales y a los Gobiernos Locales involucrados, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en las zonas afectadas; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM establece que la declaratoria del Estado de Emergencia, podra ser requerida por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos Descentralizados, comprometidos por la emergencia, los que canalizaran su solicitud a traves del INDECI, y que excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros presentara de oficio al Consejo de Ministros la declaratoria del Estado de Emergencia del area o areas afectadas por desastres de magnitud, proponiendo las medidas y/o acciones inmediatas que correspondan; Que, mediante Informe Tecnico Nº 007-2009-INDECI/10.0 de fecha 4 de junio de 2009, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, se pronuncia

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