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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (27/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de junio de 2009 398192 en el 32º Periodo de Sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, durante el período del 29 de junio al 4 de julio de 2009; Que mediante Resolución Ministerial Nº 124-2000-SA/ DM del 6 de abril de 2000, se dispone que la Presidencia del Comité Nacional del Codex Alimentarius, sea ejercida por el Director General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, y de conformidad con los acuerdos tomados en el Pleno del citado Comité, se aprobó que su presidente Javier Ernesto Hernández Campanella, sea designado para asistir al referido evento; Que la participación del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, en la mencionada sesión dependerá que se continúe con la elaboración de una Norma Regional Codex sobre la Lúcuma, en razón que las decisiones que allí se tomen dependen del consenso que logre el representante del país con las demás delegaciones que asistan al evento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos modifi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Javier Ernesto Hernández Campanella, Director General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, para que asista al 32º Periodo de Sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, durante el período del 27 de junio al 4 de julio de 2009. Artículo 2º.- Encargar las funciones de Director General de la Dirección General de Salud Ambiental al ingeniero José Alberto Tello Molina, Asesor I, en adición a sus funciones, mientras dure la ausencia del titular. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central –MINSA, del Pliego 011 –Ministerio de Salud, conforme el siguiente detalle: - Pasaje Aéreo : US $ 3,500.00 - Viáticos (US$ 260.00 x 8 días) : US $ 2,080.00 - Tarifa por uso del Aeropuerto : US $ 30.25 Total : US$ 5,610.25 Artículo 4º.- El ingeniero Javier Ernesto Hernández Campanella deberá presentar un informe sobre las actividades realizadas dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no liberta ni exonera del pago de impuestos o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 366358-7 Crean el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan del Ministerio de Salud para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2009/MINSA Lima, 24 de junio del 2009 VISTO: El Expediente Nº 09-038499-001, sobre la elaboración de un Plan para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros presentó, el 23 de diciembre de 2008, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, disponiéndose como meta para el Ministerio de Salud ampliar las facultades de la Defensoría de la Salud y Transparencia dentro de la Estrategia 1.5. Desarrollar fortalezas en los órganos de control y supervisión; Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que la Defensoría de la Salud y Transparencia, órgano dependiente de la Alta Dirección, es la responsable de la protección y defensa de los derechos en salud ya que tiene entre una de sus funciones promover una cultura de ética, la transparencia en la gestión administrativa del Ministerio de Salud, el derecho de acceso a la información pública y la vigilancia ciudadana de los actos propios de función de los servidores y funcionarios; Que, en ese sentido, el Ministerio de Salud a través de la Defensoría de la Salud y Transparencia viene realizando acciones para la implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción en el Ministerio de Salud; Que, en reunión de trabajo convocada por el Despacho Viceministerial de Salud de fecha 29 de abril de 2009, en la que estuvieron presentes funcionarios y servidores de las diversas dependencias del Ministerio de Salud, se acordó conformar un Grupo de Trabajo para que se encargue de la elaboración del Plan del Ministerio de Salud para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción, teniendo como marco el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la función pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Plan de Acción para la Implementación de las Recomendaciones del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción – MESICIC en el Perú, las disposiciones de la Convención de Naciones Unidas contra la corrupción y el Plan Andino contra la Corrupción; Que, en tal sentido, se hace necesario dictar el acto resolutivo correspondiente que disponga la conformación de un grupo de trabajo que se encargue de la elaboración Plan del Ministerio de Salud para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción; Con el visado del Director General de la Defensoría de la Salud y Transparencia, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y el artículo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la creación del Grupo de Trabajo, Objeto y Duración Crear el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan del Ministerio de Salud para la Promoción de la Ética, Transparencia y Lucha contra la Corrupción; cuyo plazo de funcionamiento será de sesenta (60) días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Conformación El Grupo de Trabajo creado en el artículo precedente estará conformado por los miembros siguientes: - El Viceministro de Salud o su representante, quien actuará como Presidente. - La Secretaria General o su representante. - El Director General de la Defensoría de la Salud y Transparencia, quien actuará como Secretario Técnico. - El Jefe del Instituto Nacional de Salud o su representante.