Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2009 (27/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de junio de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

398207

preparados para internos (as), ninos y personal de seguridad que labora 24X48 horas en el Establecimiento Penitenciario de Tumbes de la Oficina Regional Norte Chiclayo, a partir del 23 de junio de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR, a la Oficina Regional Norte Chiclayo del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la adquisicion de raciones de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional Norte Chiclayo del INPE para que a traves de la Dependencia de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdiccion realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Tumbes de acuerdo al siguiente detalle:
Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DIAS 1 TUMBES TOTAL 45 TOTAL S/. 98 775,00 98 775,00

Dicha autorizacion es por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, de acuerdo al cuadro de raciones que se encuentra indicado en el Informe Tecnico Nº 0062009-INPE/17.04-J.LOG de fecha 22 de junio de 2009, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR, MORDAZA de la presente Resolucion al Organo de Control Institucional para el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados. Articulo 6º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Norte Chiclayo e instancias pertinentes para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLEN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 366267-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran desafectacion de dominio publico de predio ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 104-2009/SBN-GO-JAD San MORDAZA, 23 de junio de 2009 Visto, el Expediente N° 139-2009/SBNJAD correspondiente al Tramite de desafectacion de dominio publico del predio de 1 337,22 m² correspondiente al denominado Lote 2C de la Manzana A, Grupo Residencial 31, Sector Tercero del Pueblo Joven MORDAZA El MORDAZA, inscrito en la Partida P03249936 del Registro de Predios de MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y,

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario de un predio de 1 337,22m², correspondiente al denominado Lote 2C de la Manzana A, Grupo Residencial 31, Sector Tercero del Pueblo Joven MORDAZA El MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº P03249936 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 14160, correspondiente al departamento de Lima; Que, el citado predio es un lote destinado a Centro Medico del Pueblo Joven MORDAZA el MORDAZA, por lo que de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, mediante titulo de afectacion en uso de fecha 27 de noviembre del 2002, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI) afecto en uso el predio MORDAZA descrito a favor del Ministerio de Salud, para que lo destine a Centro de Salud; Que, mediante Resolucion N° 120-2008/SBNGO-JAR, de fecha 07 de MORDAZA del 2008, se dispone la inscripcion de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN y se declara la extincion de la afectacion en uso por desafectacion, habiendose verificado que no se cumplio con la finalidad de la afectacion en uso en el citado predio; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procede cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, y sera aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, de acuerdo a reiteradas inspecciones tecnicas efectuadas por personal de esta Superintendencia se ha verificado que el predio se encuentra delimitado con muros de ladrillos y muros de los predios colindantes, al interior del mismo se ha podido observar que se encuentra ocupado por viviendas de material precario, por lo que podemos concluir que no cumple un uso publico o servicio publico; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal Nº 0338-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 17 de junio del 2009 corresponde declarar la desafectacion de dominio publico del citado predio; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Resolucion N° 3152001/SBN y Resolucion N° 052-2008/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarese la desafectacion de dominio publico del predio de 1 337,22 m² correspondiente al denominado Lote 2C de la Manzana A, Grupo Residencial 31, Sector Tercero del Pueblo Joven MORDAZA El MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA inscrito en la Partida Registral Nº P03249936 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 14160, correspondiente al

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