Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2009 (05/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de marzo de 2009

Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, publicado el 17 de MORDAZA del 2008, la Presidencia del Consejo de Ministros, aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2008, estableciendo en su Titulo II, numeral 2.2, sobre transferencia de fondos, programas, proyectos, empresas y activos a transferirse a los gobiernos regionales y locales, en lo referido al Ministerio de Educacion, respecto al Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, senala, que el Plan Piloto se ejecutara en los distritos con instituciones educativas en las que se imparte los niveles educativos de educacion inicial (incluye PRONOEIs), educacion primaria, integradas de educacion inicial y educacion primaria, integradas de educacion inicial y educacion secundaria, integradas de educacion primaria y de educacion secundaria e integradas de educacion inicial, educacion primaria y educacion secundaria; Que, la Ley N° 29289 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, publicado el 11 de diciembre del 2008, en su Sexagesima Disposicion Final, taxativamente senala: "Autorizase la transferencia de partidas de los Pliegos de los Gobiernos Regionales y del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de los Pliegos de las municipalidades incluidas en el Plan Piloto de la Municipalizacion de la Gestion Educativa, a partir del 1 de enero de 2009 y por el monto total de las asignaciones presupuestarias incluidas en el presupuesto 2009 de los citados pliegos habilitadores, correspondiente a todas las instituciones educativas de los niveles inicial, primaria y secundaria de educacion basica regular, que funcionan en la circunscripcion territorial de cada una de las municipalidades del referido Plan Piloto"; Que, estando a los nuevos dispositivos legales y siendo Miraflores uno de los distritos comprendidos en el Plan Piloto, es menester de la Municipalidad dar cumplimiento a las normas MORDAZA acotadas e incluir a las instituciones educativas publicas del nivel MORDAZA, como nuevos miembros integrantes del Consejo Educativo Municipal ­ CEM, en el MORDAZA del Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 005-2007, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo Primero.- Constituir el Consejo Educativo Municipal (CEM), representado y presidido por el MORDAZA Distrital de Miraflores e integrado de la siguiente manera:
Sr. MORDAZA Distrital de Miraflores Sr. Director de la I.E. Nº 6050 - "Juana Alarco de Dammert" Sr. Director de la I.E. Nº 7008 - "Scipion Llona" Sr. Director de la I.E. - "Federico Villarreal" Sr. Director de la I.E. Nº 6003 - "Rebeca MORDAZA Cachot" Sr. Director de la I.E. Nº 7001 - "Andres Bello" Sr. Director de la I.E. Nº 7003 - "Manuel MORDAZA Bonilla" Sr. Director de la I.E. Nº 06 Sr. Director de la I.E. Nº 42 - "Elizabeth MORDAZA de Marroquin" Sr. Director de la I.E. Nº 15 - "Virgen de Lourdes" Sr. Director de la I.E. -"Aurora Thorndike de MORDAZA Iglesias" Sr. Director de la I.E. - "Municipal MORDAZA Cruz" : : : : : : : : : : : : Presidente Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse a beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria establecido mediante Ordenanza Nº 422-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2009-MSB-A
San MORDAZA, 27 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 010-2009-MSB-GR, de fecha 25.02.2009 de la Gerencia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobo la Ordenanza Nº 422-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de diciembre de 2008, MORDAZA mediante la cual, se establece un Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los contribuyentes del distrito, y modifica ademas, el articulo 4º de la Ordenanza Nº 392-MSB (norma que establece el beneficio de regularizacion e incentivos por el programa de Actualizacion Urbana), estableciendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, en merito a lo dispuesto en la MORDAZA disposicion complementaria de la Ordenanza Nº 422-MSB, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 016-2008-MSB-A y el Decreto de Alcaldia Nº 003-2009-MSB-A, se prorrogo el plazo de vencimiento de la MORDAZA en mencion, hasta el 28 de febrero de 2009; Que, escuchando el sentir de aquellos contribuyentes que desean regularizar la situacion actual de sus predios, de acuerdo a lo detectado por la Unidad de Catastro a traves del Programa de Actualizacion MORDAZA y que por diversos motivos hasta la fecha no lo han podido hacer; y, siendo politica de la actual Administracion el brindar las maximas facilidades a los vecinos para que puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, es pertinente prorrogar el plazo senalado en el parrafo precedente; Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 200º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA del 2009, el plazo para acogerse al Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria, establecido en el articulo 10° de la Ordenanza Nº 422-MSB. Articulo Segundo.- La prorroga senalada en el articulo precedente, alcanza a los numerales 4.1, 4.2 y 4.4 del articulo 4º de la Ordenanza Nº 392-MSB modificada por la Ordenanza Nº 414-MSB y la Ordenanza Nº 422-MSB. Registrese comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento la presente Resolucion al Ministerio de Educacion, a la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 07 y a las Instituciones Educativas comprendidas en el Plan Piloto. Dado en el Palacio Consistorial de Miraflores, a los veinte dias del mes de febrero de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA

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319037-1

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