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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de marzo de 2009 392020 Administrativos para el Ejercicio Fiscal 2009, en el distrito de Villa El Salvador, el mismo que consta de veinte (20) artículos y seis (06) Disposiciones Transitorias y Finales, los cuales forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Económico, Ofi cina General de Administración, Gerencia de Desarrollo Urbano, Secretaría General y Ejecutor Coactivo, el cumplimiento, difusión y ejecución de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Dispensar del procedimiento de lectura y aprobación del Acta de Sesión de Concejo a la presente norma, a efectos de su inmediata ejecución y/o trámite pertinente. Articulo 4º.- Disponer la publicación del íntegro de la presente Ordenanza, en el portal institucional de esta Municipalidad (www.munives.gob.pe), así como en el portal de servicios al ciudadano (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME ZEA USCA Alcalde 320637-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Precisan la Ordenanza Nº 000070, sobre plano correspondiente al Asentamiento Humano ex Fundo Márquez ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000008 Callao, 26 de febrero de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 26 de febrero de 2009; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000060 del 15 de setiembre de 2008, se aprobó la Actualización de la Zonifi cación General de los usos del suelo de la Provincia Constitucional del Callao, en el sector comprendido entre el río Chillón, avenida Néstor Gambetta, Río Rímac y el Océano Pacífi co, cambiando la zonifi cación existente de Zona de Recreación Pública (ZRP) y de Otros Usos a Gran Industria (IG), así mismo se asignó la zonifi cación de Gran Industria (IG) e Industria Elemental y Liviana (IEL), precisándose que en los predios afectados por la Ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de acuerdo a la Ley Nº 27329, se ha incorporado la Zonifi cación de Usos Especiales (OU); Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000070 del 3 de noviembre de 2008 se aprobó la incorporación al Plano de Zonifi cación del sector comprendido entre el río Chillón, avenida Néstor Gambetta, Río Rímac y el Océano Pacífi co la asignación de zonifi cación como Zona Residencial de Densidad Media-RDM, de los terrenos en los que se ubican los asentamientos humanos Tiwinza, Ampliación Tiwinza, Francisco Bolognesi, Daniel Alcides Carrión y Santa Beatriz, de conformidad al Plano AZ-02, en el cual el asentamiento humano Ex Fundo Marquez aparece como Zona Mixta de Densidad Media-MDM; Que, la Ordenanza precitada en el considerando anterior cuenta entre sus antecedentes el Informe Nº 188-2008- MPC-GGDU-GPUC-MPA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el mismo que en su análisis técnico en el punto 2 indica que según el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995 los asentamientos humanos Juan Pablo II, Sarita Colonia y Acapulco tienen asignada la zonifi cación Residencial de Densidad Media -RDM y el asentamiento humano Ex Fundo Marquez, Zona Mixta de Densidad Media, los cuales no han sido modifi cados por la Ordenanza Municipal Nº 000060 del 15 de setiembre de 2008; Que, mediante Memorando Nº 448-2009-MPC-GGDU, de la Gerencia General de Desarrollo Urbano remite el Informe Técnico Nº 12-2009-MPC/GGDU/GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro la cual se pronuncia respecto a los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 000070 del 3 de noviembre de 2008, que incorporó como zona Residencial de Densidad Media a los Asentamientos Humanos ubicados en el sector aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000060 del 15 de setiembre de 2008, sector comprendido entre el Río Chillón, avenida Nestor Gambetta, Río Rímac y el Océano Pacífi co aclarando que la zonifi cación que corresponde al asentamiento humano Ex Fundo Marquez, es Zona Mixta de Densidad Media MDM, la misma que permite actividades urbanas mayores a las residenciales como son industria, comercio y servicios, actividades que se desarrollan en la actualidad en dicho sector; Que, en la sesión de la fecha el Regidor José Del Castillo Paz, explicó que en medio de la población del Asentamiento Humano Ex Fundo Marquez había manifestado una seria preocupación por cuanto no se les había incluido en la Ordenanza Municipal Nº 000070 del 3 de noviembre de 2008; habiendo sido informado por la Gerencia General de Desarrollo Urbano que la zonifi cación asignada para el área correspondiente en el Asentamiento Humano Ex Fundo Marquez es Zona Mixta de Densidad Media (MDM), es decir que le permite actividades urbanas mayores a las residenciales como son Industria, comercio y servicios actividades que se desarrollan en la actualidad en dicho sector, lo cual es necesario precisar para tranquilidad de la población y evitar la desinformación que se pueda producir; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRECISA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000070 INDICANDO QUE LA ZONA MIXTA DE DENSIDAD MEDIA -MDM CORRESPONDIENTE AL ASENTAMIENTO HUMANO EX FUNDO MARQUEZ PERMITE ACTIVIDADES URBANAS MAYORES A LAS RESIDENCIALES COMO SON INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS Artículo 1º. Precísase la Ordenanza Municipal Nº 000070, del 3 de noviembre de 2008, en cuyo Plano AZ-02, se indica que el sector correspondiente al Asentamiento Humano Ex Fundo Márquez, consigna Zona Mixta de Densidad Media -MDM, la misma que permite actividades urbanas mayores a las residenciales como son industria, comercio y servicios, actividades que se desarrollan en la actualidad en dicho sector conforme se indica en el Plano AZ-01, que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º. Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Asentamientos Humanos y Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao