Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2009 (26/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

393105

de 2009, para realizar visitas protocolares a Dependencias de la MORDAZA de MORDAZA del Peru: 1. CONTRALMIRANTE, 2. CAPITAN USMC, 3. CAP. CORBETA, USN 4. CAP. FRAGATA, USN USCGJOSEPH L. NIMMICH MORDAZA URYNOWICZ MORDAZA M. DEMIER SHERYL L. DICKINSON

Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de marzo del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

328879-3

Aprueban modificacion de Operacion de Endeudamiento Externo con la CAF
DECRETO SUPREMO Nº 071-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 113-2006-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar el programa de inversion del "Programa para la Gestion Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceanico Sur"; Que, a traves del Articulo 2º de la aludida MORDAZA legal, se establecio que la Unidad Ejecutora del referido programa seria el Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA-, a traves del Programa para la Gestion Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceanico Sur; Que, el Decreto Supremo Nº 030-2008-AG aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, en tal sentido, se requiere modificar la citada operacion de endeudamiento y autorizar a suscribir la enmienda del Contrato de Prestamo suscrito con fecha 20 de MORDAZA de 2006, a efectos de senalar que la Unidad Ejecutora del mencionado programa sera el Ministerio de Agricultura, a traves del Programa para la Gestion Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceanico Sur; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 21.1 del Articulo 21º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector correspondiente; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria; la Ley Nº 28563, y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion Modifiquese el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 1132006-EF en los siguientes terminos: "La Unidad Ejecutora del "Programa para la Gestion Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceanico Sur" sera el Ministerio de Agricultura, a traves del Programa para la Gestion Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceanico Sur." Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, la enmienda al Contrato de Prestamo a fin de implementar lo dispuesto en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura.

328132-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Literal A del Apendice I del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
DECRETO SUPREMO Nº 070-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 6º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y con opinion tecnica de la SUNAT, se podra modificar las listas de bienes y servicios de los Apendices I y II siempre que se cumplan con los criterios establecidos en el citado articulo; Que, es conveniente modificar el Literal A del Apendice I de la citada norma; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 6º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Literal A del Apendice I del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo 1.1. Incluyase en el Literal A del Apendice I del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, los siguientes bienes:
PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION

3105.51.00.00 SOLO: ABONOS QUE CONTENGAN NITRATO DE AMONIO Y FOSFATOS PARA USO MORDAZA

1.2. Excluyase del Literal A del Apendice I del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, los siguientes bienes:
PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION AMONIO PARA USO

3102.30.00.10 NITRATO DE MORDAZA

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