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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de marzo de 2009 393114 el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 015-2009- EF/76.01, es aprobada por la Dirección Nacional del Presupuesto Público en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142 y el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 035- 2009. Artículo 2º.- Establecer la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada del segundo trimestre del año fiscal 2009 para los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales ascendente a la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 423 719 425,00 ), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo a los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo 3º.- La Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) no convalida las acciones que no se ciñan a las disposiciones legales vigentes, no constituye sustento legal ni técnico para autorizar gastos que no cuenten con la base legal respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público LEY Nº 29289 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2009 ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2009-EF/76.01 PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM - SEGUNDO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2009 ( EN NUEVOS SOLES ) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS GOBIERNO NACIONAL ABRIL MAYO JUNIO TOTAL GASTOS CORRIENTES 1 880 190 157 1 865 006 307 1 868 309 066 5 613 505 530 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 736 675 581 742 502 029 745 124 784 2 224 302 394 PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES 529 259 990 487 693 219 460 163 707 1 477 116 916 BIENES Y SERVICIOS 439 467 304 441 063 739 499 144 380 1 379 675 423 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 41 032 439 42 111 827 41 848 179 124 992 445 OTROS GASTOS 133 754 843 151 635 493 122 028 016 407 418 352 GASTOS DE CAPITAL 603 613 187 383 264 855 522 711 298 1 509 589 340 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 87 315 956 75 422 279 89 744 421 252 482 656 OTROS GASTOS 11 386 170 1 271 423 626 209 13 283 802 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 503 563 669 306 157 866 415 641 369 1 225 362 904 ADQUISICION DE ACTIVOS FINANCIEROS 1 347 392 413 287 16 699 299 18 459 978 SERVICIO DE LA DEUDA 426 887 680 427 219 870 697 136 193 1 551 243 743 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA 426 887 680 427 219 870 697 136 193 1 551 243 743 TOTAL 2 910 691 024 2 675 491 032 3 088 156 557 8 674 338 613 GOBIERNOS REGIONALES ABRIL MAYO JUNIO TOTAL GASTOS CORRIENTES 723 291 829 721 130 117 721 865 762 2 166 287 708 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 547 596 352 546 358 538 546 592 056 1 640 546 946 PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES 109 962 548 109 854 328 110 029 729 329 846 605 BIENES Y SERVICIOS 60 761 567 59 977 554 60 304 808 181 043 929 OTROS GASTOS 4 971 362 4 939 697 4 939 169 14 850 228 GASTOS DE CAPITAL 183 599 349 199 552 400 199 941 355 583 093 104 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 183 599 349 199 552 400 199 941 355 583 093 104 TOTAL 906 891 178 920 682 517 921 807 117 2 749 380 812 TOTAL GENERAL 3 817 582 202 3 596 173 549 4 009 963 674 11 423 719 425 328877-1 EDUCACION Incorporan Institución Educativa Pública al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0069-2009-ED Lima, 18 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 004-2009 se crea en el Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitación, remodelación y equipamiento de su infraestructura educativa, autorizándose su implementación; Que, de conformidad con el artículo 7° del citado Decreto de Urgencia, se establece que por Resolución Ministerial del Sector Educación, se podrá incorporar otras instituciones educativas al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias; Que, por Decreto de Urgencia N° 011-2009 se establece el fi nanciamiento para el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias; Que, la Ofi cina de Infraestructura Educativa ha propuesto la incorporación de una Institución Educativa Pública al referido Programa; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, la Ley Nº 29289, el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias la siguiente Institución Educativa Pública: II.EE. REGIÓN PROVINCIA DISTRITO Inca Garcilaso de la Vega Cusco Cusco Cusco Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 328408-1