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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de marzo de 2009 393400 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de Coronel de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 303-2009-DE/SG Lima, 27 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 235, de fecha 9 de marzo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América sin armas de guerra; Que, la Fuerza Aérea del Perú con participación de personal jurídico del Comando Sur de los Estados Unidos de América, dentro del Programa de Actividades Tradicionales (TCA) ha organizado el Seminario Taller Internacional sobre Derecho Operacional en las instalaciones de la Escuela Superior de Guerra Aérea; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República del Coronel de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América Jorge Coronel, del 30 de marzo al 3 de abril de 2009, para participar en el Seminario Taller Internacional sobre Derecho Operacional organizado por la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 330066-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo mediante el cual se aprueba el Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV DECRETO SUPREMO N° 078-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Capítulo II de la Ley Nº 29173 regula el Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) aplicable a las operaciones de venta gravadas con dicho impuesto de los bienes señalados en el Apéndice 1 de la indicada Ley, por el cual el agente de percepción percibirá del cliente un monto por concepto del IGV que este último causará en sus operaciones posteriores; Que, el artículo 11º de la citada Ley señala que no se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fi scal y el cliente tenga la condición de agente de retención o fi gure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”; Que, con relación al referido listado, el mencionado artículo 11º dispone que será aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas con opinión técnica de la SUNAT, y señala las entidades que podrán ser incluidas en el mismo, así como las condiciones que deben verifi carse para tal efecto; Que, según lo indicado por la citada norma, el Ministerio de Economía y Finanzas publicará el referido listado, a través de su portal en Internet, a más tardar el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año, el cual regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación; Que, resulta necesario aprobar el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 29173; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación del Listado Apruébese el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV” a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 29173, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 11º, el referido listado será publicado en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas en Internet a más tardar el último día hábil del mes de marzo del 2009, y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de dicha publicación. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil nueve ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 330157-2 EDUCACION Designan Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional de Jaén RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2009-ED Lima, 28 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29304, se crea la Universidad Nacional de Jaén, con sede en el distrito de Jaén, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca;