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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2009 (29/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de marzo de 2009 393408 6.11 El número de profesores que se pueden incorporar en cada nivel de la Carrera Pública Magisterial, las fechas de las actividades del Programa de Incorporación Gradual y de la aplicación de los instrumentos de evaluación se especifi carán en la Convocatoria. VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En el ámbito de la Dirección Regional de Lima Metropolitana, y en aquellas Unidades de Gestión Educativa Local que el Ministerio de Educación designe explícitamente, se constituirá un Comité de Evaluación Local, que tendrá las funciones que en esta norma se confi eren al Comité de Evaluación de la Dirección Regional de Educación. Este Comité estará conformado por: a. El director de Unidad de Gestión Educativa Local que lo preside. c. Un representante designado por el Ministerio de Educación. d. El responsable del área de gestión institucional. e. El responsable del área de gestión pedagógica. e. El responsable de personal que actúa como secretario técnico. f. Dos representantes del COPALE, elegidos por y entre sus miembros. A este Comité se le aplica también lo dispuesto en los numerales 6.1.2 y 6.1.3 de la presente norma. Segunda.- Excepcionalmente para el Proceso de Incorporación para el año 2009, la acreditación de encontrarse colegiado se realiza mediante declaración jurada, la que se encuentra sujeta a las verifi caciones de ley. Tercera.- Toda acción del proceso de incorporación gradual que no se ajuste a la presente norma es nula. Su autor es pasible de proceso administrativo y penal, si es el caso. Cuarta.- La Secretaria de Planifi cación Estratégica ó la Unidad de Personal resolverán los casos no contemplados en la presente norma, según corresponda. ANEXO Nº 1 TABLA DE EVALUACIÓN DEL EXPEDIENTE APLICABLE A TODOS LOS NIVELES MAGISTERIALES FORMACIÓN El puntaje máximo en el criterio de Formación es de 15 puntos. La califi cación del expediente en este rubro no puede exceder a este total. No se da puntaje a lo que es requisito para postular a un nivel. INDICADORES PUNTAJE (máximo) OBSERVACIONES Grado de Doctor en Educación o especialidad afín. 10 Grado conferido y registrado por la Universidad. No se considera el Grado Honoris Causa. No tiene puntuación en el V Nivel porque es requisito para éste Estudios de Doctorado terminados sin obtención del Grado. 9 Se excluye si se tiene el Grado de Doctor. Grado de Maestro en Educación o especialidad afín 8 Grado conferido y registrado por la Universidad. No tiene puntuación en el V nivel porque es requisito para éste Estudios de Maestría terminados sin obtención del Grado 7 Se excluye si se tiene el Grado de Maestro. No se No tiene puntuación en el IV Nivel porque es requisito para éste Titulo profesional universitario o superior no pedagógico. 6 Por cada uno Título de Segunda Especialidad o Diplomado 5 Por cada uno Estudios de especialización o perfeccionamiento no menor a un año 4 Por cada uno pero se omite si ya se obtuvo el título. Capacitaciones organizadas por el Ministerio de Educación en el PRONAFCAP o por otras universidades o Institutos Superiores 3 Por cada capacitación que sea no menor de 220 horas. Otras capacitaciones 2 Por cada capacitación no menor de 180 horas. Pasantías no menores a 10 días calendario 1 Por cada una Quinto nivel AREAS PUNTOS CRITERIO ASPECTOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN Gestión Pedagógica y Gestión Institucional 60 IDONEIDAD PROFESIONAL Según modalidad y nivel (35 puntos) La prueba de especialidad se da de acuerdo a lo indicado en la Resolución de Nombramiento del profesor que postula, independientemente del cargo que ocupe. Educación Básica Regular a) Inicial Todas las áreas del currículo del nivel. b) Primaria Todas las áreas del currículo del nivel. c) Secundaria Sobre la especialidad o el área que enseña el profesor. Educación Básica Especial a) En el Nivel de Inicial o de Primaria todas las áreas b) En el de secundaria sobre la especialidad o el área especifica que atiende. Educación Básica Alternativa a) En los ciclos inicial e intermedio, todas las áreas b) En el avanzado, la especialidad o el área especifi ca que atiende. Educación Técnico Productiva En la familia profesional cuyo nombramiento tiene el profesor - Capacidad didáctica (10 puntos) - Uso de las TIC (10 puntos) - Dominio básico del inglés o lengua originaria (5 puntos) Prueba nacional escrita - Esquema de aprendizaje y Clase magistral - Prueba de desempeño - Prueba escrita y entrevista