Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2009 (29/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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El Comite de Evaluacion de la Direccion Regional de Educacion tiene las funciones y tareas siguientes: a. Brindar el apoyo que requiera la evaluacion nacional clasificatoria dispuesta en el numeral 6.5 de la presente norma. b. Difundir el resultado de la Etapa Nacional Clasificatoria publicado por el Ministerio de Educacion. c. Recibir y verificar el expediente del profesor nombrado o del especialista nombrado de su jurisdiccion, que hayan clasificado en la primera etapa de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6.6 de la presente norma. d. Evaluar, en la MORDAZA etapa, el expediente del profesor clasificado segun lo establecido en el numeral 6.10.2 de esta norma. e. Publicar, por orden alfabetico, la nomina de profesores que se presentaron a la MORDAZA etapa con el puntaje obtenido en la evaluacion del expediente, especificando la nota lograda en cada uno de los rubros. f. Resolver los reclamos fundamentados de los profesores postulantes, sobre la evaluacion de su expediente, dentro del plazo que fijara la Convocatoria. g. Publicar el resultado final de la evaluacion de los expedientes recibidos y remitirlo al Ministerio de Educacion, en el plazo fijado por la Convocatoria. h. Brindar el apoyo logistico que requiera la aplicacion de la evaluacion nacional de idoneidad. i. Difundir los resultados finales oficiales publicados por el Ministerio de Educacion como resultado de la evaluacion del expediente y de las pruebas de idoneidad, en el plazo fijado por la Convocatoria. 6.3 Requisitos para postular a los niveles magisteriales de Magisterial Los requisitos para postular incorporacion del II al V nivel siguientes: a la incorporacion la MORDAZA Publica en el MORDAZA de magisterial son los

ininterrumpidos como minimo, en una Institucion Educativa unidocente o multigrado en el area rural o de frontera. e. Tener estudios concluidos de postgrado, no menores de un ano de duracion, relacionados a educacion o a su especialidad o a psicologia o sociologia. f. Pertenecer al I, II, III o IV nivel magisterial de la Ley del Profesorado. g. No tener licencia sin goce de remuneraciones h. No estar cumpliendo sancion. Para el V NIVEL a. Titulo profesional en educacion. b. Inscripcion en el Colegio de Profesores del Peru c. Nombramiento como profesor, jerarquico, subdirector o director en una plaza de cualquiera de las modalidades en Educacion Basica o en Educacion Tecnico Productiva o como especialista en educacion de la Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion. d. Tener como minimo veinte anos de servicios oficiales en la Ley del Profesorado. Tambien puede concursar a este nivel el profesor que se encuentre con el IV Nivel magisterial de la Ley del Profesorado y este trabajando durante cinco anos ininterrumpidos como minimo, en una Institucion Educativa unidocente o multigrado en el area rural o de frontera. e. Tener el grado de Maestria o Doctorado en educacion o relacionado a su especialidad o a psicologia o sociologia f. Pertenecer al I, II, III, IV o V nivel magisterial de la Ley del Profesorado. g. No gozar de licencia sin goce de remuneraciones h. No estar cumpliendo sancion. 6.4Inscripcion para el MORDAZA de incorporacion. 6.4.1 La Convocatoria fijara la modalidad de Educacion Basica o Educacion Tecnico Productiva, el area y los niveles de la MORDAZA Publica Magisterial que estaran en concurso en el Programa de Incorporacion Gradual. 6.4.2 El profesor postulante debera inscribirse electronicamente (via Web) en el formato oficial que se publicara en el MORDAZA del Ministerio de Educacion en el plazo que senalara la Convocatoria. El Ministerio de Educacion publicara la nomina de inscritos en su pagina Web. 6.4.3 La inscripcion para el MORDAZA de incorporacion tiene caracter de declaracion jurada y la responsabilidad de los datos consignados y de la fecha de inscripcion, es de quien se inscriba. 6.5 Primera Etapa: Prueba Nacional Clasificatoria para todos los niveles 6.5.1En la fecha senalada en la Convocatoria se aplicara a todos los profesores postulantes la Prueba Nacional Clasificatoria, a cargo del Ministerio de Educacion, sea cual fuere el nivel magisterial al que postulen. Es escrita y evalua lo siguiente: a. Habilidades comunicativas b. Habilidades logico matematicas. c. Conocimientos pedagogicos generales d. Conocimientos pedagogicos especificos de la forma o modalidad, nivel o ciclo. 6.5.2 Clasifican para la siguiente etapa todos los profesores que obtienen en la Prueba Nacional Clasificatoria la nota aprobatoria de catorce (14) o mas. 6.5.3 El Ministerio de Educacion publicara en su pagina web, por estricto orden de merito, los resultados obtenidos por los profesores clasificados, en el plazo fijado por la Convocatoria. Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local difundiran esta relacion, bajo responsabilidad del Director o Directora. 6.5.4 El profesor que no clasifique podra solicitar por escrito al Ministerio de Educacion el resultado de su evaluacion, en el plazo fijado por la Convocatoria. 6.5.5 Los resultados de la Prueba Nacional Clasificatoria son de caracter definitivo e inapelable. 6.6 MORDAZA de expediente del postulante clasificado 6.6.1 Solo presentan expedientes los profesores que hayan clasificado en la primera etapa. El tramite

Para el II NIVEL a. Titulo profesional en educacion. b. Inscripcion en el Colegio de Profesores del Peru c. Nombramiento como profesor o personal jerarquico en una plaza de cualquiera de las modalidades en Educacion Basica o de la Educacion Tecnico Productiva. d. Tener como minimo tres anos de servicios oficiales en la Ley del Profesorado. e. Pertenecer al I o al II nivel magisterial de la Ley del Profesorado. f. No tener licencia sin goce de remuneraciones g. No estar cumpliendo sancion. Para el III NIVEL a. Titulo profesional en educacion. b. Inscripcion en el Colegio de Profesores del Peru c. Nombramiento como profesor, jerarquico, subdirector o director en una plaza de cualquiera de las modalidades en Educacion Basica o en Educacion Tecnico Productiva o como especialista en educacion de la Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion. d. Tener como minimo ocho anos de servicios oficiales en la MORDAZA Publica de la Ley del Profesorado. e. Tambien puede concursar a este nivel el profesor que se encuentre con el II Nivel magisterial de la Ley del Profesorado y este trabajando durante tres anos ininterrumpidos como minimo, en una Institucion Educativa unidocente o multigrado en el area rural o de frontera. f. Pertenecer al I, II o III nivel magisterial de la Ley del Profesorado. g. No tener licencia sin goce de remuneraciones h. No estar cumpliendo sancion. Para el IV NIVEL a. Titulo profesional en educacion. b. Inscripcion en el Colegio de Profesores del Peru c. Nombramiento como profesor, jerarquico, subdirector o director en una plaza de cualquiera de las modalidades en Educacion Basica o en Educacion Tecnico Productiva o como especialista en educacion de la Unidad de Gestion Educativa Local o Direccion Regional de Educacion. d. Tener como minimo catorce anos de servicios oficiales en la MORDAZA Publica de la Ley del Profesorado. Tambien puede concursar a este nivel el profesor se encuentre con el III Nivel magisterial de la Ley del Profesorado y este trabajando durante cinco anos

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