Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2009 (29/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de marzo de 2009

Cuando se rechace la informacion por cualquiera de las situaciones MORDAZA senaladas, esta sera considerada como no presentada. Articulo 5º.- MORDAZA DE MORDAZA O DE RECHAZO De no mediar rechazo, la SUNAT almacenara la informacion y procedera a emitir la MORDAZA de MORDAZA, la que contendra el respectivo numero de orden y sera entregada debidamente sellada y/o refrendada a la persona que presenta la comunicacion. En el caso de producirse el rechazo por las causales previstas en el articulo anterior, se imprimira la MORDAZA de rechazo, la cual sera sellada y entregada a la persona que presenta la comunicacion. En todos los casos, el disquete, disco compacto o memoria USB presentada sera devuelta a la persona que realiza el tramite al momento de la presentacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- COMUNICACIONES PRESENTADAS MORDAZA DE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION Lo dispuesto en la presente resolucion resulta de aplicacion incluso a aquellos donantes que hubieran presentado cualquier comunicacion con anterioridad a la vigencia de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DELLEPIANE Superintendente Nacional 330160-1

Que por Resolucion Nº 084-2008-INDECOPI/COD, se establecio la competencia funcional de las MORDAZA del Area de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI; Que a fin de garantizar una mayor celeridad en la atencion de los procedimientos que tramitan dichos organos, asi como para lograr una adecuada distribucion de la carga procesal, el Consejo Directivo ha acordado modificar la competencia funcional de las MORDAZA de Defensa de la Competencia, sin perjuicio de la especialidad requerida para la resolucion de los procedimientos correspondientes; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la institucion; y De conformidad con lo establecido en el inciso h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Establece competencia funcional de la Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual Corresponde a la Sala de Defensa de la Competencia Nº 1, el ejercicio de las funciones establecidas en el articulo 14º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, en el ambito de la competencia de los procedimientos originados o que se promuevan ante los siguientes organos funcionales: a) Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas b) Comision de Defensa de la Libre Competencia c) Comision de Fiscalizacion de la Competencia Desleal d) Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios e) Comision de procedimientos Concursales; y f) Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias. Articulo 2º.- Establece competencia funcional de la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y Proteccion de la Propiedad Intelectual Corresponde a la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2, el ejercicio de las funciones establecidas en el articulo 14º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, en el ambito de competencia de los procedimientos con origen en la Comision de Proteccion al Consumidor. Articulo 3º.- Vigencia Lo dispuesto en la presente Resolucion entra en vigencia el 01 de MORDAZA de 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 330077-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Establecen competencia funcional de las MORDAZA de Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 042-2009-INDECOPI/COD MORDAZA, 26 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo 5º Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, corresponde al Consejo Directivo establecer el numero, materia de competencia y denominacion de las MORDAZA del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, pudiendo crear MORDAZA adicionales o desactivarlas, segun areas tematicas y conforme lo justifique el aumento o disminucion de la carga procesal;

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgado de Paz en la localidad de MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 053-2009-CE-PJ MORDAZA, 20 de febrero de 2009

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