Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396713

Aprueban cambio de titular de permisos de pesca a favor de diversas personas naturales y empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 340-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito de registro Nº 00011980 del 12 de febrero del 2009, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTOYA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALMENDRAS. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo 00398-PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE publicado con fecha 21 de febrero del 2007, establece que la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que mediante Resolucion Directoral Nº 019-2000CTAR ANCASH/DRP-CH del 30 de noviembre del 2000, la Direccion Regional de Pesqueria CTAR MORDAZA, otorgo permiso de pesca a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA (ex MAR MORDAZA I), con matricula CE-17035-CM, de 33.50 m3 de volumen de bodega, de 7.72 de Arqueo Neto, con hielo a granel como medio de de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, a traves del escrito del visto, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTOYA y conyugue MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA ALMENDRAS, han solicitado el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE-17035-CM, en concordancia con el procedimiento administrativo Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE del 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que los administrados acreditan el dominio sobre la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CE-17035-CM, segun consta en el Certificado Compendioso de Dominio alcanzado, asi como han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la

Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, y sus modificatorias; por lo que resulta procedente atender la solicitud de los administrados; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 208-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398, y modificado por los Decretos Supremos Nº 00199-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTOYA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALMENDRAS, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA "RENE JUNIOR" de matricula CE17035-CM y 33.50 m3 de capacidad de bodega otorgado por Resolucion Directoral Nº 019-2000-CTAR ANCASH/ DRP-CH del 30 de noviembre del 2000, en los mismos terminos y condiciones. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que entre otros, el recurso sardina, sera destinado al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 019-2000-CTAR ANCASH/DRP-CH del 30 de noviembre del 2000 a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CE-17035-CM. Articulo 4º.- Incorporar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTOYA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALMENDRAS, como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CE17035-CM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; excluyendo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consignado en dicho Anexo. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 353331-4 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 341-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2009 Visto los escritos con Registro Nº 00069813, del 18 de septiembre y 11 de diciembre de 2008, 09 de enero y 05 de marzo de 2009, presentados por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.