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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de noviembre de 2009 406103 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen inscribir acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Río Alto Mining Limited en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 065-2009-EF/94.06.3 Lima, 28 de octubre de 2009 VISTOS: El expediente N° 2009031663, así como el Informe Interno N° 0591-2009-EF/94.06.3, del 26 de octubre de 2009, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, Rio Alto Mining Limited es una empresa constituida y existente bajo las leyes de Canadá, y tiene sus acciones comunes con derecho a voto listadas en la TSX Venture Exchange de Canadá; Que, Rio Alto Mining Limited solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas de su capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir el listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Rio Alto Mining Limited y de elevar el expediente a CONASEV para los fi nes correspondientes; Que, Rio Alto Mining Limited presentó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CONASEV la documentación a la que se refi ere el artículo 7 del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima y el artículo 8 del Reglamento del Sistema MVNet; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y disponer los registros que correspondan. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Rio Alto Mining Limited en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social de Rio Alto Mining Limited en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV. Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 4°.- Transcribir la presente resolución a Rio Alto Mining Limited, en su calidad de emisor; a Kallpa Securities Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de sponsor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Dirección de Emisores 415854-1 Disponen la exclusión de valores correspondientes a la “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE” del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 072-2009-EF/94.06.3 Lima, 12 de noviembre de 2009 VISTOS: El expediente Nº 2009034477 y el Informe Interno Nº 617 -2009-EF/94.06.3, del 12 de noviembre de 2009, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Gerencia General Nº 094- 2005-EF/94.11, del 9 de septiembre de 2005, se dispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores del “Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de Corporación Financiera de Desarrollo S.A.” hasta por un monto de US$ 150 000 000,00 (Ciento cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en Nuevos Soles y/o cualquier otra moneda extranjera y el registro del prospecto informativo correspondiente en el mencionado registro; Que, en el marco del referido programa, el 08 de junio de 2006, se inscribieron automáticamente los valores correspondientes a la “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda” hasta por S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, Corporación Financiera de Desarrollo S.A.- COFIDE, solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de los valores correspondientes a la “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE” del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132º, inciso a), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de deslistar los valores antes referidos y de elevar el expediente a CONASEV para los fi nes pertinentes; Que, el artículo 37º, inciso b), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27º, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece como causal para la exclusión de un valor la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de