Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2009 (05/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, lunes 5 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404007

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las municipalidades, como organos de gobierno local, promueven el desarrollo integral, armonico y sostenible de sus circunscripciones, constituyendo parte de sus funciones, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales de acuerdo con la zonificacion aprobada; Que, mediante Ordenanza Nº 029-07/MDLV publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 22 de diciembre del 2007, se aprobo el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para el Distrito de La MORDAZA, facultandose al senor MORDAZA para que a traves de Decreto de Alcaldia apruebe los formatos de declaracion jurada a ser presentados por los administrados para llevar a cabo los procedimientos de obtencion de licencia de funcionamiento; Que mediante Ordenanza Nº 070-2008/MLV publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 15 de enero del 2009, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF ­ de la Municipalidad de La MORDAZA, estableciendo en el articulo 135º las funciones de la Subgerencia de Comercializacion precisando en el numeral 6) la de "otorgar licencias y autorizaciones que correspondan, provisionales, temporales o definitivas, en aquellos expedientes que cuenten con la documentacion completa y que hayan cumplido con los requisitos y normas vigentes para su obtencion, a fin de garantizar la prestacion de servicios de calidad"; por lo que corresponde a sus atribuciones emitir las resoluciones respectivas en virtud de las autorizaciones que expida. Asimismo, de acuerdo al articulo 132º numeral 20º del mismo cuerpo normativo corresponde a la Gerencia de Desarrollo Economico resolver los asuntos de su competencia por ser el superior jerarquico inmediato de la Subgerencia de Comercializacion; Que, en atencion a lo expuesto y advirtiendo que mediante informe de vistos la Subgerencia de Comercializacion manifiesta que el 89.66% de las licencias de autorizacion municipal de funcionamiento otorgadas en el distrito corresponden a establecimientos comerciales con un area menor a 100m²; se ha estimado pertinente simplificar y dar celeridad al procedimiento en mencion para los establecimientos con un area menor a la referida, a fin de promover la inversion en el distrito y fomentar la formalidad de los comerciantes; Que, tomando en cuenta los fundamentos senalados y en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 28976 ­ Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento ­ se propone el Reglamento denominado "Licencia al Toque", cuyo procedimiento y formatos correspondientes se reglamentan y regulan a traves del presente Decreto y se encuentran acorde con las normas de simplificacion administrativa y con los objetivos del corporativo en beneficio de la comunidad victoriana y la promocion de la inversion y la formalidad; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ estipula en su articulo 42º que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias de aplicacion de las Ordenanzas, asi como los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion; Estando a lo expuesto y a las facultades establecidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, asi como a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 15 de enero de 2009; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento denominado "Licencia al Toque" asi como los formatos y formularios correspondientes, los cuales como Anexo I, II, III y IV forman parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA,

a la Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion del presente Decreto, mediante la ejecucion de las acciones que corresponden a sus competencias. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion de los anexos del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA institucional de la entidad www.munilavictoria.gob.pe asi como la ejecucion de las demas acciones que correspondan a su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 405298-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Ordenanza complementaria a la Ordenanza Nº 000014 que aprueba el Plan del Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000046 Callao, 30 de setiembre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 30 de setiembre de 2009, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 numeral 8 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000014 del 8 de setiembre de 2003 que aprueba el Plan del Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao, en el Articulo Tercero, establece que las vias del Sistema Vial Provincial del Callao, las Secciones Viales Normativas y sus caracteristicas se encuentran en la Propuesta del Plan MORDAZA Director, volumen C, Sistema Vial Provincial; asimismo, en su Articulo Setimo determina que la Entidad MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, el mantenimiento, rehabilitacion, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las Vias Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Provincial, de los Intercambios Viales y de las vias del Cercado del Callao; Que, la Ordenanza Municipal Nº 000015 del 15 de setiembre de 2003, que regula el regimen de constitucion, clasificacion, atributos y regimen de administracion de los bienes de uso publico en la Provincia Constitucional del Callao, en el articulo 11 establece que la Municipalidad Provincial del Callao tiene a su cargo la administracion y preservacion de los equipamientos e infraestructura MORDAZA de caracter provincial, asi como los bienes de uso publico localizados en el Cercado del Callao;

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