Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (21/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de octubre de 2009 404845 Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 083-2009- MDSJL-GDU/SGHU de fecha 12 de junio del 2009, se aprobó la valorización del área de 365.09 m2, correspondiente al défi cit de aporte reglamentario de Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobación de Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización del terreno de 4,056.54 m2, ubicado en la Calle 8, Sub Lote Nº 4B-1 de la Manzana I de la Parcelación Semirrústica Campoy Segunda Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorización fue cancelada a la Tesorería de la Municipalidad Distrital con Recibo de Pago Nº 1958938 de fecha 13 de junio del 2009; Que, la administrada ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de trámite; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículos 51º y 52º, para la procedencia de una pretensión administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administración, así como el interés legítimo de éste para obrar y que éste sea actual y cierto; y, si esto es así, de conformidad con el Artículo 75º de la Ley acotada, corresponde a la administración verifi car si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que éstos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra copia de la Partida Nº 12036267 del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que en su asiento señala a la Sra. Romelia Zegarra Acuña como propietaria del terreno materia de trámite, acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 109- 2009-MDSJL-GDU/AL de fecha 27 de marzo del 2009, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341- MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media - RDM, del terreno de 4,056.54 m2, ubicado en el Sub Lote Nº 4B-1 de la Manzana I de la Parcelación Semirrústica Campoy Segunda Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 024-2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 025-2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; solicitada por la Sra. Romelia Zegarra Acuña. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Sra. ROMELIA ZEGARRA ACUÑA a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 024-2009-HU-SGHU-GDU/ MDSJL y Nº 025-2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 4,056.54 m2 ÁREA UTIL DE LOTES (04 LOTES) 4,056.54 m2 ÁREA DE VÍAS PÚBLICAS 0.00 m2 PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactados, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetro máximo de 1 1/2”, fi nos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. ACERAS.- Serán de concreto de calidad de f’c = 140 kg/ cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento - arena fi na, en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾” cada 5 ml. SARDINELES.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad de f’c = 175 kg/cm² y de dimensiones 0.15 m. x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.- En los lugares señalados en el Plano de Lotización, se construirán rampas en las bermas que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “Adecuación Urbanística para las Personas con Discapacidad”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 y lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS.- Cuenta con el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Parcial que será terminado según proyecto de SEDAPAL. OBRAS DE ELECTRIFICACIÓN.- Cuenta con el servicio de electrifi cación defi nitiva que fue aprobada por la Empresa Concesionaria EDELNOR. Artículo Tercero.- DISPONER que la Sra. ROMELIA ZEGARRA ACUÑA, deberá efectuar la inscripción de los lotes en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Lotización signado con el Nº 024-2009-HU-SGHU-GDU/ MDSJL y a la siguiente descripción: Cuadro Resumen de Áreas de la única Manzana Nº DE LOTES ÁREA (m2) 01 1,818.23 m2 02 2,008.29 m2 03 118.02 m2 04 112.00 m2 TOTAL = 04 4,056.54 m2 Artículo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redención en dinero del défi cit de aportes reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, por tratarse la presente de una Habilitación Urbana Ejecutada en Vías de Regularización, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836- MML