Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2009 (21/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de octubre de 2009

ZONIFICACION : Residencial de Densidad Media ­ RDM. AREA AFECTA A LOS APORTES: 4,056.54 m2
APORTE RECREACION PUBLICA PARQUES ZONALES ­ SERPAR RENOVACION MORDAZA - FOMUR % 7.00 2.00 1.00 ORD 836-MML PROYECTO 283.96 m2 81.13 m2 40.57 m2 81.13 m2 81.13 m2 567.92 m
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:

DEFICIT 283.96 m2 81.13 m2 40.57 m2 81.13 m2 81.13 m2 567.92 m2

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El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 17 de octubre de 2009; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8 establece que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; en el articulo 40 senala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley y en el articulo 69 inciso 2 senala que son rentas municipales las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en el articulo 3 establece que las Municipalidades perciben ingresos tributarios por impuestos municipales, contribuciones y tasas; asimismo el articulo 60 senala que conforme a lo establecido por el numeral 4 del articulo 195 y por el articulo 74 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fije la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF se aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, cuya MORDAZA IV del Titulo Preliminar senala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, las municipalidades pueden establecer beneficios y facilidades de pago a sus administrados, respecto de sus obligaciones nacidas como parte del incumplimiento de sus obligaciones de caracter tributarias y no tributarias, con la finalidad que los mismos cumplan con regularizarlas, teniendo en cuenta la capacidad contributiva de los vecinos de nuestra jurisdiccion, involucrando un criterio de colaboracion por parte de la Municipalidad con sus administrados, retribuyendo estos con el cumplimiento de sus obligaciones con esta Comuna; Que, el Concejo Provincial del Callao, en sesion de fecha, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo de Concejo Nº 000233, el mismo que cuenta con el Memorando Nº 3861-2009-MPCGGATR la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas y Memorando N° 1633-2009-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion hace MORDAZA el Informe N° 527-2009-MPC-GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, que opinan favorablemente por la aprobacion de la presente Ordenanza Municipal; Que, estando a las consideraciones MORDAZA senaladas y de conformidad a las facultades estipuladas en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal del Callao ha dado la siguiente:. ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS EN EL CERCADO DEL CALLAO: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Servicios Publicos Complementarios 2.00 (MINISTERIO DE EDUCACION) Servicios Publicos Complementarios 2.00 (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) TOTAL 14.00

NOTA.(*) El Deficit de aportes reglamentarios por Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) han sido redimidos en dinero. (**) El Deficit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovacion MORDAZA (FOMUR) y Servicios Publicos Complementarios (Ministerio de Educacion) seran redimidos en dinero. Articulo Quinto.- DEJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el deficit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 81.13 m2, Renovacion MORDAZA (FOMUR) de 40.57 m2 y Servicios Publicos Complementarios (Ministerio de Educacion) de 81.13 m2, dicha carga sera levantada cuando se cumpla con los pagos de los deficit de aportes. Articulo Sexto.- DISPONER que la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al concluir con las obras del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Articulo 13º de la Ley Nº 29090. Articulo Setimo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitacion MORDAZA tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Articulo 11º de la Ley Nº 29090. Articulo Octavo.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion Sub Gerencial, un juego del Plano de Lotizacion, Plano de Ubicacion y Localizacion y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Servicio de Parques de MORDAZA - SERPAR MORDAZA, Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. ­ EMILIMA S.A. y Ministerio de Educacion, para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion. Articulo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Decimo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Decimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, a la administrada, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Habilitaciones Urbanas

411184-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Programa de Beneficios No Tributarios en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000048 Callao, 17 de octubre de 2009

Articulo 1º.- OBJETIVO Establezcase en el Cercado del Callao el Programa de Beneficios No Tributarios, el mismo que estara dirigido a facilitar a los administrados, el cumplimiento de sus obligaciones pendientes de pago por Multas Administrativas impuestas hasta el 30 de Setiembre del ejercicio 2009. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION Podran acogerse al Programa de Beneficios No Tributarios, los administrados que mantengan deudas comprendidas en el articulo anterior, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, aun cuando se MORDAZA interpuesto recurso impugnatorio. No estan incluidas en los alcances de la presente Ordenanza aquellas multas originadas por la comision de infracciones al transporte y MORDAZA terrestre; asi como las impuestas por la Gerencia General de Desarrollo Urbano.

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