Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 2

402017

De conformidad con el inciso f) del articulo 7 º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de miembro de la Comision Regional que opera adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision Regional adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 392057-1 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 107-2009-INDECOPI/COD MORDAZA, 1 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA MORDAZA Alosilla ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision Regional que opera adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI en Cusco; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institucion; y, Que a fin de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comision, resulta pertinente efectuar la designacion de MORDAZA Comisionado en dicho organo de la institucion; De conformidad con el inciso f) del articulo 7 º del Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Alosilla al cargo de miembro de la Comision Regional que opera adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI del MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision Regional adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI del Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 392057-2

GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y lo senalado en el literal "d" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2009, a los Gobiernos Regionales es el siguiente:
REGION AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANCAVELICA MORDAZA ICA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA PASCO MORDAZA MORDAZA TACNA TUMBES UCAYALI TOTAL GOBIERNOS REGIONALES Nº Gobiernos Regionales S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 23 US$ 2,339.52 21,922.84 2,745.70 12,449.35 10,133.25 4,709.69 3,908.47 8,144.40 6,491.22 8,595.52 9,630.20 8,751.35 1,350.00 11,492.97 4,886.47 11,926.91 1,037.50 4,787.48 3,533.48 16,772.22 1,260.16 50.00 25.00 156,943.70

391261-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembros de las Comisiones Regionales adscritas a las Oficinas Regionales del INDECOPI de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 106-2009-INDECOPI/COD MORDAZA, 1 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision Regional que opera adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI en Piura; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la institucion; y, Que a fin de garantizar la continuidad de las funciones de la citada Comision, resulta pertinente efectuar la designacion de MORDAZA Comisionado en dicho organo de la institucion;

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion a las empresas CABIMI S.A.C. e INVERSIONES NO LIMITS E.I.R.L., por supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentos falsos o inexactos
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1823-2009-TC-S3 Sumilla : Declarar no ha lugar la imposicion de sancion a las empresas CABIMI S.A.C. e INVERSIONES NO LIMITS E.I.R.L., por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentos falsos o inexactos. MORDAZA, 21 de Agosto de 2009

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