Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2009 (14/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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del permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA II de matricula PL-18107-CM, asi como la presente Resolucion, al literal R) del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 396632-7 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 684-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 3 de setiembre del 2009 Visto: El Escrito con Registro Nº 00039627-2009 y su adjunto Nº 01, de fechas 20 de MORDAZA y 17 de agosto del 2009 respectivamente, presentados por la empresa GRUPO MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que

corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 124-2002CTAR MORDAZA /DIREPE-DR, de fecha 02 de diciembre del 2002, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida en MORDAZA denominada "GENESIS" de matricula Nº CO-15126-CM, de 63.62 m3 de capacidad de bodega y 15.02 de arqueo neto, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm); de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos jurel , caballa, MORDAZA, cachema, machete y suco con destino al consumo humano directo y los recursos anchoveta y sardina, con destino indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 192-2002CTAR PIURA-DIREPE-DR, de fecha 31 de diciembre del 2002, se modifico el articulo 1º y 3º de la Resolucion Directoral Nº 124-2002-CTAR MORDAZA /DIREPE-DR, de

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