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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (16/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de setiembre de 2009 402626 posibilita que las imágenes reciban los homenajes de la población devota, para luego volver por la misma ruta al Santuario original; por eso también se conoce a la Virgen de Cocharcas como la “Virgen Viajera”. Este sistema de peregrinación de origen virreinal explica el amplio ámbito de devoción de la Virgen de Cocharcas, es además único en el universo andino peruano y es en sí mismo una expresión muy valiosa del patrimonio inmaterial peruano; Que, la fi esta de la Virgen se celebra en varios días alrededor del 8 de setiembre, siendo el Carguyoc o Mayordomo quien asume la responsabilidad de fi nanciar y organizar a los componentes de la fi esta: la Misa, comida y bebida para autoridades, familiares y visitantes, adornos del altar y arreglo del vestido de la Virgen, la banda de músicos para la procesión, el “castillo” de fuegos artifi ciales y las cargas de chamiza (conjunto de ramas de retama seca) y leña. Al fi nalizar la fi esta, su labor será sometida a consideración por la población, la que decidirá si ha cumplido apropiadamente con el cargo. Mientras los miembros de la Cofradía local arreglan el vestido de la Patrona, se encarga a un artesano a que decore las andas. Las religiosas Canonesas de la Cruz, arreglan el altar mayor. Los celadores son encargados de cuidar diversos aspectos de la celebración religiosa, desde el cuidado de la imagen hasta evitar disturbios en lugares públicos. Al llegar la noche, una caravana de caballos ingresa cargando la chamiza, que será quemada para dar calor a los peregrinos que pernoctarán esa noche en el pueblo para la “Velada” de la Virgen. Luego de la misa de medianoche se inicia la fi esta, con la quema de castillos y un baile general. Desde el día siguiente se sigue el ritual católico de misa y procesión, siendo en total siete romerías, siempre acompañadas por el conjunto de quimichus. Durante este tiempo se realiza un mercado de objetos religiosos que serán bendecidos durante los altos de la romería; Que, el culto a la Virgen de Cocharcas ha sido, desde la llegada de la imagen de la Patrona, uno de los más importantes de la región andina, y uno de los más tempranos, contemporáneo de la Virgen de Copacabana y un poco anterior al Señor de los Temblores de Cusco. La historia de Sebastián Quimichu muestra el carácter popular que revistió el culto desde su implantación, en cierto grado al margen de la institución religiosa ofi cial, aunque fuera posteriormente refrendado por ésta dada su rápida y notable popularidad. En el siglo XX, el culto se benefi ció de la celebración de tres Congresos Marianos: el de 1946, en el que se realizó la coronación canónica de la Virgen; el de 1973, al ser Cocharcas sede del Primer Congreso Eucarístico-Mariano; y el de 1998, cuando fue sede del Segundo Congreso Eucarístico- Mariano, fecha que coincidió con el cuarto centenario de la instauración del culto. Ese mismo año el Vaticano declaró a la Virgen de Cocharcas Patrona de la diócesis de Abancay; Que, el que se le haya concedido tales honores, teniendo en cuenta el número de Vírgenes milagrosas que existen en el territorio peruano, es también muestra de la importancia de la “Mamacha Cocharcas” en el culto católico popular. La práctica peregrinatoria de las “Reinas Misioneras” se ha encargado de mantener y difundir el culto mucho más allá de sus fronteras originales, manteniendo una tradición colonial que sigue las rutas existentes desde la época prehispánica; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la Festividad de la Virgen de Cocharcas, del distrito de Cocharcas, provincia de Chincheros, región Apurímac, en tanto defi ne una identidad regional, una producción cultural en música y plástica alrededor de su culto, y un fl ujo económico que benefi cia a la región; y constituye una tradición popular de larga historia y profundo signifi cado, en la que se encuentran la devoción popular y la institución católica. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 397132-2 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los departamentos de Puno, Ayacucho y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1322/INC Lima, 7 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1625-2009-SDIC-DA/INC, de fecha 13 de agosto de 2009, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del Programa Qhapaq Ñan temporada 2006, para los cuales se han elaborado las respectivas fi chas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación, fi cha ofi cial de inventario del patrimonio arqueológico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0672, de fecha 14 de agosto de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: Muro Inca (Plaza de Orurillo), Llamaque (Pucara ), Cajanturani, Cueva Qaqa Punku, Montículo Sector Trapiche, Cista Funeraria Carmen Alto, Pucara Inca Cancha, Pucara Ayacunca, Chullpas de Ayacunca, Pucara Onocora, Interuyoc Chupa Carman Alto, Montículo Huanacumarca, Apacheta Waricunca, Pucara Orcorara, Pucara Pitiquiña, Hatun Pucara Qajsile, Huancasaya, Montículo Qomer Moq`o Huancasaya”, Montículo Huaycho, Pampa Santa María, Pucara Vizcahani, Pucara Queunachaka, Montículo “Keroruni Moq`o”, Montículo Santa María, Montículo Esmeralda, Montículo Pasanocollo, Cerro Salitrera, Estela de Acllamayo, Collpa Moq`o, Munaypata (Piedra como fuente de agua), Pucara Navecita y Camellones Carmen Alto, ubicados en la provincia de Melgar, departamento de Puno; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya