NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (16/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de setiembre de 2009 402639 ser utilizados en la referida Encuesta, resultando pertinente autorizar su ejecución y aprobar los formularios respectivos; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2009”, de cobertura nacional, la que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, de los Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y de las Ofi cinas Sectoriales de Estadística de los Ministerios, precisados en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Encuesta Económica Anual 2009, se inicia el 15 de setiembre del 2009 y está dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollaron alguna actividad económica en el año 2008. Artículo 3°.- Aprobar los formularios electrónicos de la mencionada Encuesta, los que servirán para relevar la información correspondiente al ejercicio económico 2008, cuya denominación y número se detalla en el Anexo Nº 02, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4°- Todas las empresas están en la obligación de responder el Formulario de la Encuesta Económica Anual 2008 según el sector que le corresponda, para lo cual podrán acceder gratuitamente al formulario tal como se indica a continuación: a) Por correo electrónico.- Los representantes de las empresas podrán solicitar los formularios electrónicos a través del correo electrónico según corresponda (Ver Anexo Nº 02) indicando la razón social de la persona natural o jurídica, domicilio fi scal, número del Registro Único del Contribuyente (RUC), actividad económica a que se dedica, teléfono y/o fax, nombre del representante legal y monto de ventas netas en el año 2008. b) Por Internet.- Las empresas informantes, también podrán consultar y descargar el formulario de la página Web del INEI (WWW.INEI.GOB.PE) y de cada sector correspondiente cuyas páginas webs se detalla en anexo adjunto (ver Anexo Nº 01). c) Directa.- Los representantes de las empresas, podrán obtener los formularios del sector que le corresponde en el local del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en Lima, en las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática en el resto del país (ver Anexo Nº 03), así como en las Ofi cinas Sectoriales de Estadística (OSEs) de cada sector y de las Ofi cinas Regionales respectivas a nivel nacional (ver Anexo Nº 01) ; para ello, solicitarán el formulario electrónico indicando la razón social de la persona natural o jurídica seleccionada, domicilio fi scal, número del Registro Único del Contribuyente (RUC), actividad económica a que se dedica, teléfono y/o fax, nombre del representante legal y monto de ventas netas en el año 2008 y adjuntaran un disquete en blanco. Artículo 5°.- Las empresas informantes de la EEA 2009, devolverán el formulario debidamente diligenciado, a los sectores o instituciones correspondientes, a través de los siguientes medios: a) Por correo electrónico.- Las empresas que tienen acceso a Internet, enviarán los archivos texto (XML), generados por el formulario de la presente Encuesta, de las actividades de Comercio y Servicio, al correo electrónico eea2008@inei.gob.pe Para el resto de actividades enviarán sus archivos al correo electrónico del Sector correspondiente (ver Anexo Nº 01), desde el cual, se confi rmará la recepción y la validez de la información proporcionada. Para el caso del Sector Pesca y Manufactura, se enviarán los archivos en EXCEL y de texto (XML); las empresas pesqueras al correo cbances@produce.gob.pe y en el caso de las empresas manufactureras al correo pcordova@produce.gob.pe. b) Entrega directa.- Las empresas que no les sea posible entregar los archivos texto (XML) a través del correo electrónico, se apersonarán a las ofi cinas del INEI (ver Anexo Nº 03) ó a la Ofi cina Sectorial del Ministerio correspondiente, a nivel nacional (ver Anexo N° 01), portando un disquete o CD conteniendo los archivos texto generados por el formulario electrónico, con copia impresa del formulario respectivo. En el caso del Sector Pesca y Manufactura el disquete o CD debe contener los archivos en EXCEL y de texto (XML). Artículo 6°.- Establecer como plazo máximo, para la presentación de los formularios diligenciados con la Información de la “Encuesta Económica Anual 2009”, las fechas indicadas en el Anexo Nº 04, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 7°.- La información económica-fi nanciera que proporcione la empresa a través de la Encuesta, debe ser presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado y expresada en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Artículo 8º.- Las personas naturales o jurídicas que desarrollan actividades económicas señaladas en el artículo 2º de la presente Resolución, que incumplan con presentar la información solicitada dentro del plazo establecido, serán sancionadas y multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043- 2001-PCM. Precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. RENAN QUISPE LLANOS Jefe REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL