Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2009 (24/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
ACTO Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller

403137
Fecha MORDAZA de MORDAZA 10 de junio del 2012 10 de junio del 2013 10 de junio del 2014

Autorizan a Macaval Service S.A.C como taller de conversion a gas natural vehicular para la instalacion de kit de conversion en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2636-2009-MTC/15 MORDAZA, 10 de agosto de 2009 VISTOS: El Parte Diario de registro N° 076722 de fecha 16 de junio de 2009 y Expediente N° 2009-0014284 de fecha 22 de MORDAZA de 2009, presentados por la empresa MACAVAL SERVICE S.A.C. mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe N° 758-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Expedientes senalados en visto cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa MACAVAL SERVICE S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa MACAVAL SERVICE S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA N° 802, Lince, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa MACAVAL SERVICE S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 10 de junio del 2010 10 de junio del 2011

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa MACAVAL SERVICE S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 18 de setiembre del 2009 18 de setiembre del 2010 18 de setiembre del 2011 18 de setiembre del 2012 18 de setiembre del 2013

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 392450-1

VIVIENDA
Establecen disposiciones para la aplicacion de lo dispuesto en el numeral 2.1 del Articulo 2º del D.S. Nº 019-2008-VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-2009-VIVIENDA MORDAZA, 23 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829 y modificatorias, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga por una sola vez al grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor; Que, el articulo 3° del Decreto Supremo Nº 0132007-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, establece que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento,

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