Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2009 (24/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 2009

mediante Resolucion Ministerial, aprobara las diversas modalidades de aplicacion del MORDAZA Familiar Habitacional con el Programa Techo Propio, asi como sus respectivos Reglamentos Operativos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008VIVIENDA, se aprueban condiciones especiales, en zonas declaradas en emergencia por sismo, para postular al MORDAZA Familiar Habitacional; asimismo, por el Decreto Supremo Nº 019-2008-VIVIENDA, se faculta el desembolso del MORDAZA Familiar Habitacional en beneficio de los poseedores de predios no formalizados ubicados en zonas declaradas en emergencia por los sismos del 15 de agosto de 2007; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 161-2009VIVIENDA, se aprobo el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) para las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; Que, en ese sentido, resulta pertinente dictar disposiciones especiales a efectos de aplicarse en las zonas declaradas en emergencia por los sismos del 15 de agosto de 2007; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Para la aplicacion de lo dispuesto en el numeral 2.1 del articulo 2° del Decreto Supremo Nº 019-2008-VIVIENDA, se podra solicitar de manera extraordinaria y excepcional la elegibilidad y la asignacion del BFH en predios que se encuentran en posesion de damnificados, siempre que dicha posesion se ejerza sobre terrenos de propiedad del Estado. Para este caso, se debera presentar el certificado o MORDAZA de posesion emitida por la Municipalidad respectiva a nombre del jefe de familia, asi como acreditar la situacion de damnificado a traves de la MORDAZA de Damnificado Beneficiario ­ Declaracion Jurada que senala el Decreto Supremo 091-2007-PCM, siendo que en defecto de esta, se podra presentar una Declaracion Jurada, en la que se senale que se encuentra inscrito en el Registro Consolidado de Poblacion Damnificada del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, lo cual debera ser debidamente corroborado; o a traves de la MORDAZA de Damnificado emitida por las autoridades pertinentes. En caso de que los posesionarios postulantes al BFH MORDAZA miembros de una Asociacion propietaria del terreno ocupado, su solicitud se tramitara de acuerdo a lo establecido en el reglamento operativo aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 161-2009-VIVIENDA bajo la modalidad de aplicacion de Construccion en Sitio Propio, Postulacion Colectiva. Articulo 2°.- En las zonas declaradas en emergencia por los sismos del 15 de agosto de 2007, de forma excepcional, para la inscripcion en el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, en la modalidad de Construccion en Sitio Propio Postulacion Individual y Mejoramiento de Vivienda, solo para los casos de los servicios de agua y desague, se podra contar con una solucion alternativa, la misma que debera cumplir con las normas tecnicas aplicables y formara parte del expediente a ser presentado al Registro de Proyectos por la Entidad Tecnica, no requiriendose la aprobacion de la entidad prestadora de servicios, autoridad de Salud o de la Municipalidad correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 0012008-VIVIENDA. Articulo 3°.- Para las zonas declaradas en emergencia por los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007, se admitiran las Copias Literales de dominio de predio a las que se alude en el numeral a.6) del articulo 29° y literal b) del numeral 33.1 del articulo 33° de la Resolucion Ministerial Nº 161-2009-VIVIENDA, con una antiguedad no mayor a ciento veinte (120) dias calendario de la fecha de presentacion. Articulo 4°.- La Licencia de Habilitacion MORDAZA para la modalidad B) y la Licencia de Edificacion para las modalidades A) y B) previstas en la Ley Nº 29090 son de aprobacion automatica; por lo que se tendran por cumplidos los requisitos previstos en los literales b.1 y b.4 del literal b) del articulo 29° y el literal h) del numeral

33.1 del articulo 33º del Reglamento Operativo aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 161-2009-VIVIENDA, respectivamente, con la sola MORDAZA del cargo de la solicitud de licencia de habilitacion y/o edificacion ingresado a la municipalidad respectiva, siempre que esta MORDAZA cumplido con todos los requisitos exigidos en la misma Ley. Articulo 5°.- Para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional (BFH), para la modalidad de aplicacion de construccion en sitio propio y mejoramiento de vivienda en zonas declaradas en emergencia por los sismos del 15 de agosto de 2007, se aplicara el procedimiento establecido en el Reglamento Operativo para Acceder al MORDAZA Familiar Habitacional en las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 161-2009VIVIENDA, en aquellos aspectos que no se opongan a lo dispuesto en el presente Resolutivo. Registrese, Comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA OYAGUE Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 401303-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican Procedimiento de "Importacion para el Consumo" INTAPG.01 (V.5)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 487-2009/SUNAT/A Callao, 22 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 136-2009/SUNAT/A se aprobo el procedimiento de "Importacion para el Consumo" INTAPG.01 (version 05), dentro del MORDAZA del Sistema de Calidad de la SUNAT y de la Ley General de Aduanas ­ Decreto Legislativo Nº 1053; Que, se precisa realizar ciertas modificaciones en relacion a la MORDAZA de la factura original y en lo relativo a la distribucion de las copias del formato DUA y asimismo, se ha visto por conveniente efectuar algunas adecuaciones a fin de obtener una mejora en los servicios aduaneros a traves de la optimizacion en la administracion de recursos, por lo que resulta necesario modificar el referido procedimiento; Que, conforme al articulo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 15 de junio y 04 de agosto de 2009, se procedio a publicar en el MORDAZA web de la institucion, los proyectos que constituyen la presente norma; En uso de las facultades conferidas en Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el literal g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y estando a la Resolucion de Superintendencia Nº 049-2009/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituyase el texto del ultimo parrafo, inciso b), numeral 13, literal A de la seccion VII del

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