Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2009 (24/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

403141

Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 6 939 889,40 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del articulo 39° de la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono, con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF "Estatuto de la SBN", Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0457-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 01 de setiembre de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 6 939 889,40 m², ubicado al Oeste del Centro Poblado de Bolognesi, Sector Cambalt, en el Cerro Parachuco, distrito de Bolognesi, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° VII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito, en el Registro de Predios de Chimbote. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 400946-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 202-2009/SBN-GO-JAR

Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 146 245,55 m², ubicado en el Sector MORDAZA a 436 metros al Oeste de la Av. MORDAZA Faucett, en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de marzo de 2009, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, presenta un relieve topografico de pronunciada y alta pendiente muy variada y de suelo arenoso; Que, la Oficina Callao de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA mediante Informe Tecnico Nº 7550-2009-SUNARPZ.R.N°IX/OC, de fecha 31 de agosto de 2009, informa que el terreno materia de consulta se ubica en MORDAZA donde al no existir definicion de los linderos definitivos del Fundo San MORDAZA es imposible determinar si se encuentra comprendido dentro del mencionado Fundo, asimismo, senala que existen unidades catastrales no hallando inscripcion registral; Que, el tercer parrafo del Articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 146 245,55 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0469-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 04 de setiembre de 2009; SE RESUELVE:

San MORDAZA, 18 de setiembre de 2009 Visto el Expediente N° 173-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 146 245,55 m², ubicado en el Sector MORDAZA a 436 metros al Oeste de la Av. MORDAZA Faucett, en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 146 245,55 m², ubicado en el Sector MORDAZA a 436 metros al Oeste de la Av. MORDAZA Faucett, en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 400946-2

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